DECRETO N° 0045
RÍO GALLEGOS, 12 de enero de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS Nº 531.230/22, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia homologar el acuerdo concertado en Acta Nº 03, celebrada el día 21 de diciembre del 2022 entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE FERROCARRILES ARGENTINOS en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo;
Que mediante dicha acta las partes acordaron incorporar la propuesta efectuada por el Poder Ejecutivo en la Mesa de Negociación Paritaria de la Administración Pública Provincial respecto al incremento otorgado en Asignaciones Familiares por Hijo, Hijo con Discapacidad y Ayuda Escolar;
Que asimismo se acordó establecer el básico del Nivel 1 en la suma de PESOS TREINTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO con 78/100 ($ 30.275,78), a partir del día 1° de diciembre del año 2022, y el incremento del adicional por productividad del 75% al 90% sobre el Nivel 1 a partir el día 1° de marzo del 2023, entre otros puntos consignados en el acta aludida;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 03/23, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 90 y vuelta y SLyT-GOB Nº 027/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 101/102;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- HOMOLÓGASE, a partir del día 1º de diciembre del 2022, el acuerdo pactado mediante Acta Nº 03, celebrada con fecha 21 de diciembre del año 2022, entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE FERROCARRILES ARGENTINOS, en un todo de conformidad a los considerandos que anteceden y al Acta que como ANEXO forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino