DECRETO N° 0024
RÍO GALLEGOS, 09 de enero de 2023.-
V I S T O :
El Expediente JGM-Nº 903.335/16, iniciado por la Jefatura de Gabinete de Ministros; y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 4º del Decreto Nº 2050 de fecha 11 de octubre del año 2016, se creó el Gabinete de Asesores de la Gobernación, Ministros, Secretarios, Subsecretarios, Presidencia del Consejo Provincial de Educación y Fiscalía de Estado, de acuerdo al Anexo IX del citado instrumento legal;
Que a esos efectos se estableció que el personal de gabinete comprendería a aquellas personas que desempeñen tareas en relación directa con las autoridades antes indicadas, de manera de posibilitar la realización de estudios de asesoramiento, asistencia administrativa y tareas específicas encomendadas, tendientes a lograr eficiencia en las funciones operativas de los citados Organismos;
Que posteriormente a través del Decreto Nº 105 de fecha 17 de febrero del año 2017, se ratificó la Resolución Nº 001/17, emanada de la Jefatura de Gabinete de Ministros y se dispusieron los derechos y obligaciones de los Asesores de Gabinete y Auxiliares de Gabinete, instrumentándose los mecanismos de concesión y requisitos para la percepción de las Unidades Retributivas;
Que teniendo en cuenta el dispositivo legal contenido en el Anexo IX del Decreto Nº 2050/16, que establece que toda ampliación o incorporación deberá ser efectuada mediante Decreto del Poder Ejecutivo, resulta procedente incorporar en el artículo 4º del mencionado Decreto a la Coordinación General de la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1686/22, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 249;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- INCORPÓRASE a partir del día de la fecha, en el artículo 4º del Decreto Provincial Nº 2050 de fecha 11 de octubre del año 2016, a la Coordinación General de la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE a los fines de lo previsto en el Anexo IX del Decreto 2050/16, que la Coordinación General de la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz dispondrá de la misma cantidad de Unidades Retributivas que las asignadas a los señores Secretarios de Estado.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Artículo 4º.- PASE a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación y a la Unidad Ejecutora Portuaria de la provincia de Santa Cruz, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Cruz, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martinez