Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1656/2022
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Decretos Completos / publicado el 23 Marzo 2023 / BO 5756

DECRETO N° 1656/2022

RENOVACIÓN - CONTRATO LOCACIÓN DE SERVICIOS - VARIOS AGENTES - M.S.A.
DECRETO N° 1656
 
RÍO GALLEGOS, 28 de diciembre de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MSA-Nº 984.466/22, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia autorizar al Ministro de Salud y Ambiente a renovar, a partir del día 1º de julio y hasta el día 31 de diciembre del año 2022, los Contratos de Locación de Servicios suscriptos entre el Ministerio de Salud y Ambiente, por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente, vigentes hasta el día 30 de junio del año 2022, respecto de varios agentes detallados en el ANEXO I que forma parte integrante del presente, encuadrados bajo el Agrupamiento Escalafonario “Profesional Sanitario” de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente, en el marco del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DE SALUD Y AMBIENTE, homologado mediante Decreto Provincial Nº 0394/22;
Que la presente gestión se realiza en el marco del Decreto Nº 2996/03, Reglamentario del Régimen de Contrataciones del Personal para la Administración Pública Provincial;
Que el presente trámite se encuadra en lo previsto mediante Decreto Provincial Nº 0273/20, y en las excepciones establecidas en el artículo 2º inciso 4º) en relación a efectuar la contratación del personal temporario, profesional médico y técnico de la salud, bajo cualquier modalidad, exceptuándolos de todo régimen de incompatibilidad aplicable a la actividad ratificado por Ley Nº 3693 su Decreto Promulgatorio Nº 0285/20 y Prorrogados por Decretos Nº 1072/20, 0248/21, 1123/21 y posteriormente por Decreto Nº 1663/21 “Declárese el Estado de Emergencia Sanitaria” en todo el ámbito de la provincia de Santa Cruz, en virtud de la situación vinculada con el COVID-19;
Que mediante DNU 260/20, el Presidente de la Nación Argentina en Acuerdo General de Ministros, decreta la Emergencia Sanitaria, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en relación con el coronavirus COVID-19, y autoriza a la Autoridad Sanitaria en su artículo 2º - inciso 8, en forma excepcional y temporaria, la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos de salud titulados en el extranjero, cuyo título no esté revalidado o habilitado en la República Argentina;
Que en consecuencia corresponde facultar al Ministerio de Salud y Ambiente a suscribir los respectivos Contratos de Locación de Servicios en las mismas condiciones vigentes aprobando las imputaciones preventivas que demandará tal gasto de acuerdo con los créditos presupuestarios y cupo asignado para el personal contratado por cada organismo;
Por ello y atento al Dictamen DGAL-Nº 3553/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 29/30;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- AUTORÍZASE la Renovación de los Contratos de Locación de Servicios bajo los alcances del Decreto Nº 2996/03, a partir del día 1º de julio y hasta el día 31 de diciembre del año 2022 suscriptos entre el Ministerio de Salud y Ambiente, por intermedio de la Secretaría de Salud y Seguridad del Paciente, vigentes hasta el día 30 de junio del año 2022, respecto de varios agentes detallados en el ANEXO I que forma parte integrante del presente, encuadrados bajo el Agrupamiento Escalafonario “Profesional Sanitario” de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente, en el marco del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DE SALUD Y AMBIENTE, homologado mediante Decreto Provincial Nº 0394/22, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- FACÚLTASE al titular del Ministerio de Salud y Ambiente, para aprobar y adecuar los respectivos Contratos de Locación de Servicios, debiendo incluir las imputaciones preventivas del destino laboral o modificar el lugar de prestación de servicios dentro de su jurisdicción, debiendo para ello dictar la Resolución Ministerial pertinente.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Dr. Claudio José García

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI