Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1643/2022
Edición del 23 Abril 2024
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Decretos Completos / publicado el 21 Marzo 2023 / BO 5755

DECRETO N° 1643/2022

SUSTITUCIÓN - ANEXO I DEL DECRETO N° 1034/2019
DECRETO N° 1643
 
RÍO GALLEGOS, 22 de diciembre de 2022.-
V I S T O :
Las Leyes Nros. 746, 3523, los Decretos N° 990/18, 1034/19 de fecha 1° de noviembre de 2019, la Resolución y el Expediente JP-N° 700.988/22; y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 3523 de Seguridad Pública y Ciudadana, se establecen las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema de Seguridad Pública Provincial en lo referente a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento, así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y control de las políticas estratégicas y de seguridad;
Que la Ley N° 746 regula todo lo concerniente a los derechos del personal policial, en tanta se ajuste a las obligaciones que impone la misma, los Códigos, Leyes, Decretos, reglamentos y otras disposiciones legales, que se refieren a la organización y servicio de la Institución y funciones de sus integrantes;
Que el Decreto N° 0990/18, reglamenta el Título IV de la Ley N° 3523 en cuanto a las misiones, funciones, dependencia, estructura, organización del personal, entre otras respecto del SERVICIO PENITENCIARIO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ;
Que el Ministerio de Seguridad es competente para entender en la gestión administrativa general de las Fuerzas Policiales y de Seguridad, en lo referido a la dirección de los recursos humanos, la planificación y ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la planificación y gestión logística e infraestructura y la asistencia y asesoramiento jurídico-legal;
Que el artículo 146° de la Ley N° 746 y el artículo 306° del Anexo I del Decreto N° 0990/18, establecen “el personal superior y subalterno a quienes el Estado no pudiere asignar vivienda en la localidad donde deba prestar servicios, gozará de una asignación mensual conforme se reglamente y cuyo monto se acondicionará a la jerarquía del causante”;
Que mediante Decreto N° 1034/19, se establecieron los valores correspondientes al suplemento “Por Variabilidad de Vivienda”, contemplados en los ordenamientos administrativos vigentes para el personal de la Policía de la Provincia de Santa Cruz y del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Cruz;
Que asimismo, por Resolución MS-N° 073/20 y su modificatoria, se aprobó el “Reglamento interno para el otorgamiento del Suplemento por Variabilidad de Vivienda para el Personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Provinciales ”, con el objeto de contar con la única norma que promueva la estandarización de los procesos referidos al otorgamiento de dicho suplemento;
Que en atención a las actuales condiciones económicas como consecuencia de la constante fluctuación de los precios del mercado, resulta necesario proceder a la actualización de los montos del Suplemento “Por Variabilidad de Vivienda”, teniéndose en cuenta que su última adecuación fuera realizada el 1 de noviembre de 2019;
Que ha tomado intervención en las presentes actuaciones, la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa del Ministerio de Seguridad;
Que a fojas 109, ha prestado autorización al presente trámite la Dirección General de Coordinación de Programación Financiera dependiente de la Subsecretaría de Programación y Evaluación Financiera del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura;
Que en consecuencia, resulta oportuno sustituir el ANEXO del Decreto N° 1034/19;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-Nº 1240/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 140/142;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- SUSTITÚYASE, a partir del día 1° de diciembre de 2022, el Anexo I del Decreto N° 1034 de fecha 1° de noviembre de 2019, por el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos pertinentes.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 3°.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sr. Luca Kevin Pratti
 
 
 
ANEXO I
SUPLEMENTO “POR VARIABILIDAD DE VIVIENDA”
 
CLASIFICACIÓN
CÁLCULO
Personal Superior y Subalterno sin núcleo familiar
Equivalente a la cantidad de 4,5 Módulos I del Decreto N° 0559/20 y su modificatoria, o la normativa que en un futuro la reemplace.-
Personal Superior y Subalterno con núcleo familiar
Equivalente a la cantidad de 5,5 Módulos I del Decreto N° 0559/20 y su modificatoria.-

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS