DECRETO N° 1533
RÍO GALLEGOS, 28 de noviembre de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MSGG-Nº 332.832/17 (III cuerpos), iniciado por el Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3480 “Orgánica de Ministerios” y sus modificatorias, establece que el Poder Ejecutivo Provincial, para la atención y despacho de los asuntos de su competencia, contará con los Ministros Secretarios que el artículo 1 detalla;
Que en consecuencia se emitió el Decreto Nº 2050/16, que aprobó las estructuras organizativas de los distintos Ministerios hasta nivel Subsecretaría, dictándose sucesivamente los instrumentos legales que dispusieron los demás niveles que componen la estructura total de cada cartera;
Que con el fin de fortalecer institucionalmente el trabajo en materia protocolar, de coordinar y supervisar la organización y correcto desenvolvimiento de actos y ceremonias oficiales y teniendo en cuenta el incremento de los mismos y la interacción permanente y transversal con diferentes estamentos del Estado, resulta oportuno la creación de la Subsecretaría de Coordinación de Ceremonial, Protocolo y Eventos Gubernamentales y su incorporación a la estructura organizativa del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación aprobada en el Anexo VI del Decreto Nº 2050/16;
Que además corresponde establecer que la Dirección Provincial de Ceremonial, Protocolo y Relaciones Públicas y las áreas que de ellas dependen, aprobadas oportunamente mediante Decreto Nº 0041/17, funcionarán jerárquicamente bajo la órbita de la Subsecretaría de Coordinación de Ceremonial, Protocolo y Eventos Gubernamentales permitiendo una distribución racional de las tareas y potenciando la labor diaria;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-Nº 579/22, emitido por Asesoría Letrada del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, obrante a fojas 603 y vuelta y SLyT-GOB Nº 1159/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 614/615;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- CRÉASE, a partir del día 1º de diciembre del año 2022, la Subsecretaría de Coordinación de Ceremonial, Protocolo y Eventos Gubernamentales e INCORPÓRASE la misma a la Estructura Organizativa del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación aprobada mediante Decreto Nº 2050/16 Anexo VI, con dependencia directa del Titular de la Cartera Ministerial, cuyas misiones y funciones y organigrama forman parte integrante del presente como Anexo I.-
Artículo 2°.- ESTABLÉCESE que la Dirección Provincial de Ceremonial, Protocolo y Relaciones Públicas y las áreas que de ellas dependen, aprobadas oportunamente mediante Decreto Nº 0041/17, funcionarán jerárquicamente bajo la órbita de la Subsecretaría de Coordinación de Ceremonial, Protocolo y Eventos Gubernamentales, creada en el artículo 1º del presente Decreto.-
Artículo 3º.- DÉJASE ESTABLECIDO que los funcionarios de las dependencias mencionadas en el artículo precedente, cuyas designaciones fueron propiciadas mediante Decretos Nros. 0611/18 y 0739/21 revistarán continuidad en sus funciones.-
Artículo 4°.- FACÚLTASE al titular del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender los gastos que demande la presente erogación en el Ejercicio 2022.-
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.-
Artículo 6º.- PASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación (Dirección General de Personal y Dirección Provincial de Administración), a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sra. Claudia Alejandra Martínez
ANEXO I
NOMBRE: SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN DE CEREMONIAL, PROTOCOLO
Y EVENTOS GUBERNAMENTALES
CATEGORÍA ASIGNADA: SUBSECRETARÍA DE ESTADO
DEPENDE DE: MINISTRO
UNIDADES A CARGO:
- DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CEREMONIAL, PROTOCOLO Y RELACIONES PÚBLICAS
MISIÓN:
Entender en la organización de actos eventos y ceremonias protocolares oficiales promovidas por el Poder Ejecutivo.-
FUNCIONES:
-
Asistir al/la Titular del Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación en la planificación actos, eventos y ceremonias protocolares oficiales.-
-
Supervisar las normas protocolares de todos los actos y ceremonias oficiales.-
-
Organizar y supervisar todas las ceremonias y actos oficiales que cuenten con la asistencia de el/la Titular del Poder Ejecutivo.-
-
Controlar el cumplimiento de las normas protocolares en vigencia y el adecuado uso del orden de precedencia que corresponda.-
-
Mantener el contacto permanente con distintos organismos, municipios y comisiones de fomento, para coordinar posibles actos que tengan como iniciativa la presencia de el/la titular de Poder Ejecutivo.-
-
Coordinar la organización de ceremonias y actos con las autoridades eclesiásticas, militares y civiles tanto nacionales como provinciales.-
-
Asesorar a los señores funcionarios e instituciones que lo soliciten, en lo referido a los actos protocolares que estimen la participación del/la Titular del Poder Ejecutivo.-
-
Redactar instrumentos legales con el asesoramiento de la Secretaria Legal y Técnica, cuando sea necesario rendir honores ante la visita de autoridades superiores y otras personalidades.-
-
Intervenir en la redacción y envío de los despachos de cortesía, comunicaciones de estilo, salutaciones como así también invitaciones a actos y actividades oficiales convocadas por el/la titular del Poder Ejecutivo o de quien lo reemplace.-
-
Actuar en estrecha colaboración con las áreas de Ceremonial de la Presidencia de la Nación, la Cancillería, otros Ministerios o Poderes del Estado Nacional, del clero o de otros cultos, de las Fuerzas Armadas o de cualquier organismo con quien las autoridades de la Provincia tomen contacto para actividades oficiales.-
-
Organizar viajes y visitas en el territorio de la Provincia, del país o del exterior, de el/la Titular del Poder Ejecutivo o quien lo reemplace o del funcionario que lo represente y su comitiva, en coordinación con las autoridades pertinentes.-
-
Supervisar la organización, ornamentación y disposición de los elementos tecnológicos y/o electrónicos y sus requerimientos técnicos necesarios para la correcta realización de actos o ceremonias.-
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Supervisar con la Secretaría Privada del el/la Titular del Poder Ejecutivo y con las áreas de Seguridad y Custodia de la Gobernación, el desarrollo de las actividades oficiales.-
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Supervisar el manejo y la disposición de los símbolos patrios en actividades oficiales, en función de las normas protocolares correspondientes.-
-
Confeccionar las disposiciones sobre horarios de visitas, actos a realizar o cualquier actividad definida por la autoridad competente.-
-
Toda otra función que favorezca la actividad o que disponga el/la Titular del Poder Ejecutivo.-