Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1400/2022
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Decretos Completos / publicado el 06 Enero 2023 / EE 5733

DECRETO N° 1400/2022

RECHAZAR RECURSO DE RECONSIDERACIÓN - ROBERTO DARÍO CORTEZ - J.P.
DECRETO N° 1400
 
RÍO GALLEGOS, 26 de octubre de 2022.-
V I S T O :
Los Expedientes JP-Nº 17.262R/21 y JP-Nº 18.026-R/22; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el presente tramita el Recursos interpuesto por el Cabo Primero de Policía Roberto Darío CORTEZ contra el Decreto Provincial Nº 0029 de fecha 07 de enero de 2022 el cual lo declaró cesante;
Que dicho instrumento legal fue notificado y en tipo hábil se presenta el señor Roberto Darío CORTEZ cuestionando la medida adoptada por este Poder Ejecutivo;
Que a raíz de una denuncia se dio inicio a una causa penal ante el Juzgado de Instrucción Nro. Uno caratulada “DIVISIÓN COMISARÍA SEXTA S/ACTUACIONES PREVENCIONALES POR PTO. ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL”;
Que el sumario administrativo se sustanció respetando el derecho de defensa del encartado puntualmente a fs. 136/146 se agrega la exposición de descargo del sumariado el cual se da por enterado y notificado de todo lo actuado, reservando su derecho de declarar;
Que asimismo emitidas las conclusiones finales por el Instructor Sumarial se procede a notificar al encartado de conformidad a lo previsto en el art. 98 del R.R.D.P., para que tome vista del sumario y formule su defensa, produciéndose la prueba por el ofrecida, la cual fue debidamente analizada por la instrucción sumarial que ratificó en todos los términos su informe final;
Que en función de ello y cumplido el procedimiento administrativo correspondiente y de acuerdo a las pruebas colectadas, se emitió la DISPOSICIÓN 458-JP/2021 de fecha 01/07/21 en la que el Jefe de Policía de la Provincia encuadra la conducta del recurrente como falta de carácter grave prevista en el artículo 9 en concordancia con el art. 41 inciso 1º y 2º del R.R.D.P., y propicia el dictado del instrumento legal decretando la cesantía del mencionado a tenor de lo dispuesto por el artículo 10, 34 y 35 del mismo reglamento con los arts. 47 inc. d) y 62 inciso a) de la Ley 746;
Que dicho Instrumento legal fue debidamente notificado y no fue cuestionado por el impugnante;
Que en atención a lo relatado se emitió el Decreto Nº 0029/22 determinando la cesantía del señor Roberto Darío CORTEZ;
Que en esta instancia el recurrente sostiene que si bien se encuentra procesado en orden al delito  que se le imputa judicialmente, hasta que no exista condena firma rige el principio de inocencia, manifestando además que se ha vulnerado su derecho de defensa por no poder acceder al trámite en tiempo oportuno por lo que requiere que hasta tanto se resuelva su situación judicial continuar de pasiva;
Que discurridos los antecedentes de la causa administrativa, se colige que las faltas atribuidas se encuentran debidamente acreditadas a tenor de la documental acompañada y las testimoniales celebradas, por lo que el procedimiento llevado a cabo y encuadre legal aplicado resulta ajustado a derecho;
Que la Procuración del Tesoro de la Nación ha dicho al respecto que: “la Potestad disciplinaria de la Administración Pública tiene por finalidad asegurar y mantener el normal funcionamiento de los servicios a su cargo, por lo cual la imposición de las sanciones disciplinarias resulta ser el ejercicio de una facultad inherente al poder de administrar” (conf. Dictamen 121:166; 199:175; 253:113; 257:96 y fallos 254:243) Dic. 262/06, 15/09/06, Expte. Nº 4494/04, Sec. Cultura (Dictámenes 258:347);
Que en lo restante el recurrente no aporta otros elementos que ameriten desvirtuar el instrumento legal en crisis por lo que corresponde rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Roberto Darío CORTEZ contra el Decreto Provincial Nº 0029 de fecha 07 de enero de 2022;
Por ello y atento al Dictamen FE-Nº 23/22, emitido por la Fiscalía de Estado de la Provincia obrante a fojas 259/261 y a Nota SLyT-GOB-Nº 1354/22, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación obrante a fojas 262;
 
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- RECHÁZASE el Recurso de Reconsideración interpuesto por el señor Roberto Darío CORTEZ (Clase: 1985 - D.N.I. 31.728.693) contra el Decreto Provincial Nº 0029 de fecha 07 de enero de 2022, de conformidad a los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE al recurrente.-
Artículo 3º- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 3º- PASE al Ministerio de Seguridad y a la Jefatura de Policía a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
C.P. QUIROGA - Sr. Luca Kevin Pratti

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI