Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1354/2022
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Decretos Completos / publicado el 22 Diciembre 2022 / BO 5728

DECRETO N° 1354/2022

HOMOLOGACIÓN - ACUERDO NEGOCIACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO - ACTA N° 14 - PODER EJECUTIVO PROVINCIAL/A.P.A.P./A.T.E./U.P.C.N.
DECRETO N° 1354
 
RÍO GALLEGOS, 17 de octubre de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS Nº 530.253/22, (II Cuerpos), elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia homologar el acuerdo concertado en Acta Nº 14 celebrada el día 14 de octubre del 2022 entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo;
Que el acuerdo antes referido consiste en: otorgar un aumento del 6,5% al básico de los trabajadores activos y pasivos a partir del día 1º de septiembre del corriente año tomando como base los haberes de agosto del corriente año. Este incremento incluye a los trabajadores de la Caja de Previsión Social, otorgar un aumento del 13 % a partir del día 1º de noviembre 2022 teniendo en cuenta los haberes del mes septiembre 2022 (esto corresponde al ofrecimiento del 5% y el adelanto del 8% de diciembre 2022) con los mismos alcances del 6,5% de septiembre 2022;
Que acordaron, hacer extensivo a partir del 1º de septiembre 2022 el adicional remunerativo para Auxiliares de la educación (Cód. 285), a todos los  auxiliares de educación que se desempeñan en las distintas dependencias del Consejo Provincial de Educación, consistente en el 25% del básico de la categoría 17, hacer extensivo a partir del 1º de septiembre 2022 el Adicional remunerativo para el personal técnico de informática y telecomunicaciones (Código 215), a los trabajadores que actualmente prestan servicios en la Secretaría de Estado de Modernización e Innovación Tecnológica de la Jefatura de Gabinete, en los mismos porcentajes que perciben los trabajadores de la Subsecretaría de Informática, teniendo en cuenta la especialización de los trabajadores y en porcentajes que en cada nivel corresponde y por último, hacer extensivo el Adicional de Disponibilidad de Personal, Código 233 para que sea percibido por los trabajadores/as que prestan funciones en los servicios administrativos de administración a los Organismos Descentralizados enmarcados en este Convenio Colectivo de Trabajo General, a partir del 1° de septiembre 2022;
Que se acordó el pase a planta permanente de todos los trabajadores y trabajadoras que estén en condiciones con fecha de corte 31 de julio de 2022, contratados mediante Decreto N° 2996/03, como quienes revistan cargos de Jefes de Departamento, y Jefes de División y Sección, sin estabilidad;
Que se estableció en un 45% del básico de la categoría 17 para el Adicional de servicios en dispositivos de atención registral que perciben los trabajadores y trabajadoras de la Subsecretaría de Asuntos Registrales (Código 218) a partir del 1º de septiembre y asimismo, se estableció un 60 % del básico de la categoría 17 para el adicional que perciben los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan en Casa Santa Cruz (Código 247) a partir del 1º de septiembre 2022;
Que en este orden de ideas, las partes acordaron establecer que el adicional que hoy se liquida bajo el Código 236, sea destinado para operadoras y operadores telefónicos de Conmutador en los organismos que posean esta modalidad. Para el mismo se establece el 25 % del básico de la categoría 17. Previa intervención de la Subsecretaría de Telecomunicaciones del M.S.G.G., para que indique su correspondencia a partir del 1º de septiembre y se estableció en un 35 % del básico de la categoría 17 el adicional que hoy percibe el personal que se desempeña en la Secretaría de Estado de Minería en tareas jurídicas, administrativas y de aplicación del Código Nacional Minero a partir del 1º de septiembre 2022;
Que, en cuanto a los adicionales para el Ministerio de la Igualdad e Integración se acordó; un Adicional Remunerativo por Abordaje Inmediato de Personas en Situación de Violencia por Motivos de Género en una suma fija de  PESOS SEIS MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 6.700) para el/la trabajador/a que intervenga y tenga la experticia en la atención y cuidado de víctimas de violencia por motivos de género que se encuentre disponible durante 72 horas corridas, asumiendo el compromiso de acudir y atender las urgencias que se susciten, aun cuando surjan fuera de su horario laboral habitual y permanente -sin compensación horaria- para cubrir emergencias que se produzcan en los mismos a requerimiento de la autoridad competente. No podrá un mismo trabajador/a cubrir dos jornadas continuadas sin que medien 24 horas entre ambas y la cantidad máxima de jornadas mensuales por trabajador/a no podrá ser superior a cuatro (4). Si el trabajador/a tuviere que concurrir a la emergencia fuera de su horario habitual, el mismo será abonado a través de Servicios Extraordinarios a partir del 1º de septiembre 2022;
Que se acordó un Adicional Remunerativo de Servicios de Atención a personas que atraviesan situaciones de violencia por razones de género para el trabajador/a del Ministerio de la Igualdad e Integración que brinda acompañamiento, contención y asesoramiento a personas con vulnerabilidad en sus derechos por motivos de violencia de género. En tal sentido pueden o no, tener como soporte las atenciones de urgencia. El adicional remunerativo, móvil y equivalente al 25% del básico de la Categoría 17 a partir del 1º de septiembre 2022;
Que en función a las atribuciones emanadas del artículo 13° de la Ley Nº 2986, corresponde el dictado del presente acto administrativo;
Por ello y atento al Dictamen DGAJ-Nº 2072, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 330/331 y vuelta y a Nota SLyT-GOB Nº 1297/22, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 345/346;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- HOMOLÓGASE, el acuerdo pactado en audiencia celebrada mediante Acta Nº 14 de fecha 14 de octubre del 2022, entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) en el marco de la negociación colectiva de la Administración Pública Provincial, la que como ANEXO forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino - Sra. Claudia Alejandra Martínez

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI