Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1341/2022
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Edición del 17 Junio 2025
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Decretos Completos / publicado el 21 Diciembre 2022 / EE 5727

DECRETO N° 1341/2022

MODIFICACIÓN - DECRETO PROVINCIAL N° 0886/2021 - M.S.A.
DECRETO N° 1341
 
RÍO GALLEGOS, 13 de Octubre de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MSA-Nº 980.890/21, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Provincial Nº 0886/21, se Autorizó al Ministerio de Salud y Ambiente para que por intermedio de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente, se suscriba Contrato de Locación de Servicios con la señora Gloria Beatriz ORTIZ, para cumplir funciones como Agente Sanitario en el Hospital Distrital de Gobernador Gregores dependiente de la Subsecretaría de Acceso y Equidad en Salud de la Secretaría de Estado de Salud y Seguridad del Paciente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente - SAF: 154 (Hospital de Gobernador Gregores), a partir de la firma del instrumento legal definitivo y hasta tanto finalice el Estado de Emergencia Sanitaria, en base a una (1) Categoría: 10 - Agrupamiento: “ERAM” - Régimen Horario: 120 Horas Mensuales, según acuerdo homologado por Decreto Nº 565/21, bajo los términos de la Ley Nº 1200 “ENFERMERÍA Y OTRAS RAMAS AUXILIARES DE LA MEDICINA” y sus modificatorias;
Que a fojas 39, la Dirección de Contratos del Ministerio de Salud y Ambiente, solicita la modificación en sus partes pertinentes del Decreto Provincial Nº 0886/21, en lo que respecta al período, siendo el mismo a partir de la firma del Instrumento Legal Definitivo y hasta el día 31 de diciembre del año 2021;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen DGAL-N° 2997/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 42;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- MODIFÍCASE en sus partes pertinentes el Primer Considerando del Decreto Provincial Nº 0886 de fecha 22 de julio del año 2021, donde dice… “a partir de la firma del Instrumento Legal Definitivo y hasta tanto finalice el Estado de Emergencia Sanitaria…”, deberá decir “…a partir de la firma del Instrumento Legal Definitivo y hasta el día 31 de diciembre del año 2021”, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Dr. Claudio José García

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI