DECRETO N° 1106
RÍO GALLEGOS, 30 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MS-Nº 780.824/22, elevado por el Ministerio de Seguridad; y
CONSIDERANDO:
Que por el presente actuado se tramita la ratificación en todos sus términos del Convenio suscripto con fecha 07 de abril del año 2022, entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, representado por su titular, Doctor Ignacio Martín SORIA por una parte, y por la otra, el Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Cruz, representado por su titular, Doctor Lisandro Gabriel DE LA TORRE, para la SUPERVISIÓN, CONTROL Y ASISTENCIA DE CONDENADOS, LIBERADOS CONDICIONALES Y ASISTIDOS, PERSONAS QUE HAYAN AGOTADO SU PENA Y PROBADOS, el cual como ANEXO I forma parte integrante del presente;
Que el citado Convenio tiene como objetivo comprometer los esfuerzos de ambas partes en la implementación de mecanismos efectivos de supervisión y asistencia de condenados, liberados condicionales y asistidos, personas que hayan agotado su pena y probados, que estén o hayan estado a disposición de la justicia nacional y/o federal, en los términos de los artículos 13º, 27º bis, 76º bis, ter y quater del Código Penal de la Nación, y 30º, 31º, 168º, 169º, 170º, 172º, 173º y 174º de la Ley Nº 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad;
Que de acuerdo a la Cláusula Segunda, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, enviará la suma total de PESOS QUINIENTOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 501.564,69);
Que a fojas 36, obra Nota Nº 554-DGB-TPG/22, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos por la suma total de PESOS QUINIENTOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 501.564,69);
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto 2022;
Que el artículo 14° de la Ley Provincial Nº 3770, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha incorporación;
Que de acuerdo a la Cláusula Séptima del acuerdo, el mismo tendrá una vigencia por el término de un (1) año, a partir del día de su suscripción;
Que compete al Ministerio de Seguridad, asistir al PODER EJECUTIVO PROVINCIAL en todo lo concerniente a la Seguridad Pública Provincial, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del Sistema Democrático;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJyJ-Nº 521/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales del Ministerio de Seguridad obrante a fojas 69 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 835/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 82/83;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio suscripto en fecha 07 de abril del año 2022, entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, representado por su titular, Doctor Ignacio Martín SORIA por una parte, y por la otra, el Ministerio de Seguridad de la provincia de Santa Cruz, representado por su titular, Doctor Lisandro Gabriel DE LA TORRE, para la SUPERVISIÓN, CONTROL Y ASISTENCIA DE CONDENADOS, LIBERADOS CONDICIONALES Y ASISTIDOS, PERSONAS QUE HAYAN AGOTADO SU PENA Y PROBADOS, el que como ANEXO I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos pertinentes.-
Artículo 2º.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS QUINIENTOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 501.564,69), el total de recursos del Presupuesto 2022, conforme al detalle que figura en la Planilla que como ANEXO II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS QUINIENTOS UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SESENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 501.564,69), el crédito del Presupuesto 2022, de la JURISDICCIÓN: - SAF: - FUENTE DE FINANCIAMIENTO, CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS E IMPUTACIONES PRESUPUESTARIAS (IPP), conforme al detalle que figura en las Planillas que como ANEXOS III y IV, forman parte integrante del presente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre