DECRETO N° 1090
RÍO GALLEGOS, 26 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 201.056/20 (II cuerpos), elevado por el Ministerio de Desarrollo Social y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Nº 0417/21, se adjudicó a la firma Verónica S.A.C.I.A.Fe.I el renglón único consistente en la entrega de 150.000 estuches de leche entera en polvo instantánea fortificada con vitamina A y D y se afectó al ejercicio financiero 2021 la suma de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 63.450.000,00), con cargo a la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 15 - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 Tesoro Provincial - CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS: 1-0-0-0- IMPUTACIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA: 5.07.05.04 Comedores Escolares del Ejercicio 2021 - Ley de Presupuesto Nº 3720;
Que si bien dicho instrumento legal data de abril de 2021, debe señalarse que el consumo de leche en los establecimientos escolares de la Provincia fue reducido durante los períodos lectivos 2020/2021 producto de la no presencialidad educativa y dada la modalidad virtual del dictado de clases, todo en virtud de la pandemia por Covid-19 y las normas dictadas en consecuencia;
Que de ese modo se fueron utilizando los productos ya adquiridos -por trámites administrativos anteriores- por lo que nunca se desabasteció ni desatendió las prestaciones de leche en las escuelas;
Que la entrega de los productos adquiridos mediante la licitación mencionada se realiza en diversos períodos -conforme la cláusula 28 del pliego de condiciones particulares oportunamente aprobado mediante Decreto Nº 0591/20-, habiéndose efectuado a la fecha una recepción parcial de 50.000 unidades, por lo que actualmente quedan entregas pendientes para cumplimentar el total contratado que serán abonadas en el presente ejercicio fiscal;
Que por ello corresponde desafectar la suma de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 63.450.000,00), con cargo a la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social, dado que la misma se imputó conforme el Presupuesto 2021 - Ley Nº 3720;
Que por otro lado cabe señalar que mediante el Decreto Nº 0781/22 se establecieron nuevos montos para autorizar y aprobar la adquisición de bienes y servicios a las diferentes autoridades provinciales, disponiéndose para los señores Ministros hasta el monto de ($ 100.000.000,00);
Que en función de ello el Ministerio de Desarrollo Social, en el marco de las competencias aludidas realizará la apropiación y afectación del monto de la licitación pública a este nuevo ejercicio financiero conforme a lo establecido en la Ley Nº 760 de Contabilidad y de Presupuesto;
Que por ello corresponde regularizar la ejecución presupuestaria y efectuar la misma en orden a lo anteriormente expuesto;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 1522/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 274 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 820/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 278/280;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- DESAFÉCTASE, la suma de PESOS SESENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 63.450.000,00) con cargo a la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 15 Ministerio de Desarrollo Social - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 Tesoro Provincial - CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS: 1-0-0-0- IMPUTACIÓN PARTIDA PRESUPUESTARIA: 5.07.05.04 Comedores Escolares, Ejercicio 2021- Ley de Presupuesto Nº 3720.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Jorge Daniel Ferreyra