DECRETO N° 1053
RÍO GALLEGOS, 17 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MS-Nº 780.875/22, elevado por el Ministerio de Seguridad; y
CONSIDERANDO;
Que mediante Decreto Provincial Nº 0212/14 se creó el Consejo del Salario de la Policía de la provincia de Santa Cruz, ámbito mediante el cual se acordarán los salarios del personal de las fuerzas de seguridad provincial;
Que mediante Decreto Nº 0397/22 se aprobó en todas sus partes el Acta Acuerdo celebrada en el marco de la reunión del Consejo del Salario de la Policía, suscripta en fecha 04 de abril del año 2022 entre los representantes del Poder Ejecutivo Provincial y los representantes del Personal Policial y Penitenciario en actividad y en situación de retiro;
Que en aquella oportunidad, y luego de intensos debates, se concertaron diversos acuerdos, tomándose como referencia aquellos establecidos para la Administración Pública Provincial;
Que entre otros supuestos, se acordó incrementar el valor punto de $ 200,34 a $ 216,36 con los haberes del mes de septiembre, lo cual implicaba un incremento del 8% al acordado para el mes julio del año 2022;
Que en esta ocasión, en fecha 17 de agosto del corriente año, se reunió la mesa del salario policial, con la representación aludida anteriormente, acordándose adelantar el incremento del 8 % antes aludido -de $ 200,34 a $ 216,36- con la percepción de haberes del mes de agosto, dejándose constancia que se seguirán debatiendo las propuestas presentadas;
Que oportunamente ha tomado debida intervención el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJyJ-Nº 495/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 33/34 y SLyT-GOB Nº 801/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 41/42;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- APRUÉBASE en todas sus partes el Acta Acuerdo celebrada en el marco de la reunión del Consejo del Salario de la Policía de la provincia de Santa Cruz suscripta en fecha 17 de agosto del año 2022, entre los representantes del Poder Ejecutivo Provincial y los representantes del personal policial y penitenciario en actividad y en situación de retiro, la cual como Anexo forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- AUTORÍZASE al Ministerio de Seguridad a dictar las normas aclaratorias y/o complementarias necesarias para la implementación del presente decreto.-
Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a efectuar las readecuaciones presupuestarias correspondientes, y a emitir las instrucciones pertinentes a los fines de tornar operativo los alcances del presente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Seguridad (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos tomen conocimiento, Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre