Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0937/2022
BODY
Edición del 03 Julio 2025
Ediciones anteriores
Decretos Completos
« Jul 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30 31      

Secciones



Decretos Completos / publicado el 10 Noviembre 2022 / BO 5714

DECRETO N° 0937/2022

PASE A PLANTA PERMANENTE - VARIOS AGENTES - M.S.A.
DECRETO N° 0937
 
RÍO GALLEGOS, 28 de julio de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MSA-Nº 983.292/22, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia el Nombramiento a Planta Permanente a partir del día de la fecha, a favor de varios agentes, los cuales se encuentran detallados en la Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente, quienes revistan bajo los términos del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DE SALUD Y AMBIENTE, homologado mediante Decreto Provincial N° 0394/22, de acuerdo al Título VI “Régimen Escalafonario y de Carrera” - Capítulo I “CARRERA DEL PERSONAL DE SALUD Y AMBIENTE DE LA PROVINCIA”, dependientes de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1320/21, mediante el cual se homologó el acuerdo celebrado el día 13 de octubre del año 2021, entre el Poder Ejecutivo Provincial, la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial (A.P.A.P.), la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) y la Unión del Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.), en el marco de la Negociación Colectiva de la Administración Pública Provincial, consistente en el Pase a Planta Permanente de todo el personal, en los términos que establece el Convenio Colectivo de Trabajo vigente;
Que de los antecedentes adjuntos en el presente, surge que los mencionados agentes cumplen con los requisitos exigidos por la reglamentación en vigencia para revistar en planta permanente, por lo que corresponde el dictado del presente Instrumento Legal;
Que a tal efecto se deberá instruir al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos se efectivice la reestructuración de cargos de la Planta de Personal, como asimismo facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias conforme a la Ley de Presupuesto N° 3770 - Ejercicio 2022;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAL-N° 1548/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 182/183 y SLyT-GOB-Nº 680/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 193;
 
LA VICEPRESIDENTE 1º DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- PASE A PLANTA PERMANENTE a partir del día de la fecha, a los agentes detallados en la Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente, quienes revistan bajo los términos del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DE SALUD Y AMBIENTE, homologado mediante Decreto Provincial N° 0394/22, de acuerdo al Título VI “RÉGIMEN ESCALAFONARIO Y DE CARRERA” - Capítulo I “CARRERA DEL PERSONAL DE SALUD Y AMBIENTE DE LA PROVINCIA”, de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente, bajo los Agrupamientos, Grados, Regímenes Horarios y SAF, asimismo enunciados en dicho Anexo, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos precedentemente.-
Artículo 2°.- TÉNGASE por reducido a los efectos dispuestos por el artículo 1º del presente, el número de cargos de la Planta de Personal Temporario y por Creados los Agrupamientos, Niveles, Tramos, Grados y Regímenes Horarios asignados para los agentes en cuestión, en Planta Permanente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Salud y Ambiente.-
Artículo 3°.- INSTRÚYASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación para que por intermedio de la Dirección Provincial de Recursos Humanos se efectúen las reestructuraciones de cargos de la Planta de Personal, conforme a la Ley de Presupuesto N° 3770 del Ejercicio 2022.-
Artículo 4°.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la presente erogación conforme a la Ley de Presupuesto N° 3770 del Ejercicio 2022.-
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. NIETO - Dr. Claudio José García
DOCUMENTOS ADJUNTOS FORMATO PDF (link)


AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI