Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0821/2022
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Edición del 18 Septiembre 2025
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Decretos Completos / publicado el 01 Noviembre 2022 / BO 5711

DECRETO N° 0821/2022

INCREMENTACIÓN DE FONDOS - RECURSOS DEL PRESUPUESTO 2022 - M.S.A
DECRETO N° 0821
 
RÍO GALLEGOS, 01 de julio de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-Nº 410.130/22, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 obra Nota Nº 16/DGP/2022, de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Salud y Ambiente, mediante la cual solicita la incorporación de fondos al Presupuesto 2022, por la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000,00.-);
Que mediante Decreto Nº 0440/22 se ratificó el Convenio Marco para la Implementación del Programa Nacional de Ciudades, Municipios y Comunidades Saludables en la Jurisdicción local de Santa Cruz;
Que de fojas 18 a 19 obra certificación de ingreso por la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00.-) emitida por la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Salud y Ambiente;
Que para posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Ejercicio 2022;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 14° de la Ley N° 3770;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 452/22, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 26/27 y SLyT-GOB Nº 598/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 35/36;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000,00.-); el total de los recursos del Presupuesto 2022, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo I, forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000,00.-); en el Presupuesto 2022, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS; IPP, conforme al detalle que figura en las Planillas que como Anexos II y III, forman parte integrante del presente.-
Artículo 3º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido en el artículo 14° de la Ley Nº 3770.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 5°.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI