DECRETO N° 0618
RÍO GALLEGOS, 24 de mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente A.M.A. N° 180.062/22, elevado por el Ministerio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 0332 de fecha 25 de marzo de 2022 se aprobó la Estructura Orgánica de la Agencia de Medios Santacruceños (A.M.A. Santa Cruz) conforme los anexos que componen dicho instrumento legal;
Que el artículo 4 procedió a transferir a la órbita de la mencionada Agencia la totalidad de los agentes que componen la planta permanente de L.U. 85 Canal 9, la Secretaría de Estado de Medios e Información Pública y de L.U. 14 Radio Provincia de Santa Cruz;
Que además, el artículo 5 del mencionado decreto, instruyó a la Agencia a efectuar las diligencias administrativas tendientes a tornar operativo lo dispuesto en el artículo 4 y 5 de ese instrumento legal, otorgando para ello un plazo de 30 días a contar desde el 01 de abril del 2022;
Que posteriormente, y mediante Decreto Nº 0350/22 se incorporó al Decreto Nº 0332/22 el artículo 5 bis el cual transfiere bienes y activos a la Agencia conforme el primer párrafo, y seguidamente establece que hasta que se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y puesta en funcionamiento de la Agencia en cuanto a aspectos económicos, presupuestarios, contables y financieros necesarios, los Servicios Administrativos del Ministerio de Gobierno y de L.U.85 TV Canal 9, serán los encargados de prestar los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera y de compras de la Agencia;
Que a los fines de dotar de una correcta aplicación e interpretación de los decretos corresponde establecer que lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto Nº 0332/22 refiere a los artículos 4 de ese instrumento legal y 5 bis del mismo incorporado mediante Decreto Nº 0350/22;
Que por otra parte y de acuerdo a lo solicitado por la Gerencia de Administración dependiente de la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales respecto al plazo para efectuar las diligencias administrativas tendientes a tornar operativo al ente, el cual se estableció en 30 días corridos a contar desde el 1º de abril del año 2022, corresponde proceder a su prórroga por un total de noventa (90) días contados a partir del 1º de mayo de 2022;
Que asimismo y conforme lo señalado por dicha Gerencia en cuanto a la denominación de la Agencia se hace necesario proceder a la readecuación de diversos instrumentos legales para una correcta identificación del organismo;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DPCTAyL-Nº 111/22, emitido por la Dirección Provincial de Coordinación Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 26/27 y SLyT-GOB Nº 471/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 32;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- ESTABLÉCESE que los dispositivos aludidos en el artículo 5 del Decreto Nº 0332/22 son los artículos 4 de ese instrumento legal y 5 bis incorporado al mismo conforme el Decreto Nº 0350/22, en un todo y de acuerdo a lo que surge de los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- PRORRÓGASE el plazo otorgado oportunamente mediante artículo 5º del Decreto Nº 0332/22, a noventa (90) días a contar desde el 1º de mayo del año en curso, atento a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 3º.- MODIFÍCASE en sus partes pertinentes los Decretos Nros. 0332 de fecha 25 de marzo y los Decretos Nros. 0350, 0364, 0365, 0366, 0367, 0368 y 0370 de fecha 01 de abril del año 2022, lo siguiente, donde dice “AGENCIA DE MEDIOS Y CONTENIDOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ (AMA SANTA CRUZ)…” deberá decir: “AGENCIA DE MEDIOS Y CONTENIDOS AUDIOVISUALES DE SANTA CRUZ…”, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Gobierno y a la Agencia de Medios y Contenidos Audiovisuales de Santa Cruz (AMA Santa Cruz), a sus efectos tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani