Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0503/2022
Edición del 30 Abril 2024
Ediciones anteriores
Decretos Completos
« May 2024 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
    1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31    

Secciones



Decretos Completos / publicado el 04 Agosto 2022 / BO 5684

DECRETO N° 0503/2022

PROMOCIÓN - VARIOS AGENTES - F.E.
DECRETO N° 0503
 
RÍO GALLEGOS, 28 de abril de 2022.-
V I S T O :
El Expediente FE-N° 120.255/22, elevado por la Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz; y  
CONSIDERANDO:
Que en audiencia celebrada de fecha 13 de octubre de 2021, entre el Poder Ejecutivo, la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial (A.P.A.P.), la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.) y la Unión de Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.), en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo, se acordó entre las partes, la recategorización como medida excepcional, con un máximo de hasta seis (6) categorías a los trabajadores y trabajadoras de la ex Ley N° 591 y Ley N° 1200 que tengan una antigüedad de veinte (20) años más con aportes efectivos (Provinciales y/o Municipales) a la Caja de Previsión Social, con fecha de corte al 31/12/2021 y que no hayan sido incluidos en el Acuerdo homologado como medida excepcional mediante Decreto N° 1262/18;
Que en cumplimiento de dicho Acuerdo, entre las fechas 22 de marzo y 13 de abril del corriente, se llevaron a cabo las Mesas de Trabajo compuestas por representantes de los gremios mencionados, personal a cargo de las Áreas de Personal, Recursos Humanos y/o Relaciones Laborales de cada organismo, la Dirección Provincial de Recursos Humanos y la Secretaria de Estado de Gestión Pública, las cuales se abocaron al trabajo conjunto de los listados del personal que cumple con las condiciones establecidas en el Decreto referido precedentemente, para acceder a dicho beneficio, finalizando con la firma en las actas en las que se plasmó el listado final del personal a ser recategorizado;
Que por lo tanto se propicia la recategorización a partir del día 1 de enero del año 2022, del personal planta permanente que desempeña funciones en la JURISDICCIÓN: Fiscalía de Estado - SAF: 130, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el personal de la Administración Pública Provincial;
Que de los antecedentes agregados en fojas 28/59, surge que el personal involucrado, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado con anterioridad para acceder a la presente recategorización;
Que a tal efecto se deberá facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por intermedio de Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias conforme a la Ley de Presupuesto N° 3770 - Ejercicio 2022;
Que nada obsta para proceder al dictado del presente Instrumento Legal;
Por ello y atento a los Dictámenes FE-N° 009/22, emitido por la Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz, obrante a fojas 63 y vuelta y SLyT-GOB-N° 352/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 68;
 
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- PROMUÉVASE a partir del día 1° de enero del año 2022, al Personal de Planta Permanente comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, Homologado por los Decretos N° 2188/09 y 1612/12, quienes se desempeñan en la JURISDICCIÓN: Fiscalía de Estado - SAF: 130 conforme al ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente y a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2°.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los efectos dispuestos por el Artículo anterior, téngase por ELIMINADAS las categorías que ocupa el personal reubicado y por creadas las que se le asignan en cada caso, de acuerdo a la Ley de Presupuesto N° 3770 - Ejercicio 2022.-
Artículo 3°.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias a fin de atender el gasto que demandara la presente erogación de acuerdo a la Ley de Presupuesto N° 3770 - Ejercicio 2022.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.-
Artículo 5°.- PASE a la Fiscalía de Estado, a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
C.P. QUIROGA - Sra. Claudia Alejandra Martínez

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS