DECRETO N° 0483
RÍO GALLEGOS, 21 de abril de 2022.-
V I S T O :
El Expediente GOB-Nº 115.306/22, iniciado por Gobernación; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el presente se tramita la ratificación del Convenio Tripartito para la construcción del Centro Territorial Integral de Políticas de Género y Diversidad en el Municipio de Río Gallegos de la provincia de Santa Cruz, suscripto entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, el Ministerio de Obras Públicas y la provincia de Santa Cruz;
Que el mismo se llevó a cabo en el marco del “Programa de Fortalecimiento de las Acciones de Protección contra la Violencia por Motivos de Género”, el cual tiene entre sus objetivos fortalecer las acciones de prevención, asistencia integral, protección y acceso a la justicia de las personas en situaciones de violencia por motivos de género, a través de la provisión eficiente de infraestructura urbana;
Que dicho acuerdo encuentra sustento legal en la Ley N° 26.485 “Ley de Protección Integral a las Mujeres”, Ley N° 27.499 “Ley Micaela” y Ley N° 26.743 “Derecho a la Identidad de Género”;
Que el convenio mencionado tiene por objeto regular los derechos y obligaciones de las partes con relación a las actividades a desarrollarse en el marco del financiamiento “No reembolsable”, que será otorgado a la Provincia para la Construcción del Centro Territorial Integral de Políticas de Género y Diversidad y se asentará en la Ciudad de Río Gallegos;
Que los fondos con los cuales se solventará la construcción del Centro anteriormente mencionado surgen del Contrato de Préstamo BCIE N° 2280, suscripto entre el Banco Centroamericano de Integración Económica y la República Argentina por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES (US$ 50.000.000), destinados a financiar parcialmente el “Programa de Fortalecimiento de las Acciones de Protección contra la Violencia por Motivos de Género”;
Que el órgano ejecutor del programa será el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, a través de la Secretaría de Políticas contra la Violencia por Razones de Género con competencia primaria en la materia y de la Subsecretaría de Gestión Administrativa, que será responsable de la coordinación administrativa;
Que asimismo, el Ministerio de Obras Públicas participará del mismo, a través de la Secretaría de Obras Públicas y de la Dirección General de Programas, Proyectos Sectoriales y Especiales, siendo el Sub Ejecutor del Subcomponente “Construcción, mejoramiento y equipamiento de Centros Territoriales Integrales de Políticas de Género y Diversidad”;
Que en ese sentido, la Provincia designa al Instituto de Desarrollo Urbano y Vivienda de la provincia de Santa Cruz como el organismo encargado de coordinar las actividades necesarias para el logro de los objetivos del Programa y destinar los recursos humanos, técnicos, operativos, logísticos y administrativos necesarios para el eficaz cumplimiento de las obligaciones contraídas a través del Convenio suscripto;
Que en ese marco, la Provincia se compromete a disponer de un terreno para la implementación del Centro antes mencionado, a dictar los actos administrativos necesarios para posibilitar la ejecución del Programa e implementar los sistemas operativos, de información contables y de control que sean necesarios;
Que por todo lo expuesto anteriormente, es menester dictar el presente acto administrativo;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N° 456/22, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 96;
LA VICEPRESIDENTE 1º DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
Artículo 1º.- RATIFÍCASE el Convenio Tripartito para la construcción del Centro Territorial Integral de Políticas de Género y Diversidad en el Municipio de Río Gallegos de la provincia de Santa Cruz, suscripto en el marco del “Programa de Fortalecimiento de las Acciones de Protección contra la Violencia por Motivos de Género”, entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, representado por su titular Abogada Elizabeth Victoria GÓMEZ ALCORTA, el Ministerio de Obras Públicas representado por su titular Abogado Gabriel Nicolás KATOPODIS y la provincia de Santa Cruz representada por la señora Gobernadora Dra. Alicia Margarita Antonia KIRCHNER, el que como Anexo forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 3º.- PASE a la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Doña NIETO - Lic. Ignacio Perincioli