DECRETO N° 0463
RÍO GALLEGOS, 21 de abril de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS-N° 530.501/22, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad y Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se tramita la designación a partir del día 1° de abril del año 2022, de varios agentes en diferentes cargos dependientes de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - SAF: 16, los cuales se detallan en el Anexo I del presente;
Que dichos cargos se encuentran vacantes y previstos en la Estructura Orgánica del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad, aprobada mediante Decreto N° 0608/20 y sus Decretos modificatorios N° 1466/20 y N° 0864/21;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-N° 685/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 27 y vuelta y SLyT-GOB N° 333/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 44;
LA VICEPRESIDENTE 1° DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
Artículo 1°.- DESÍGNASE a partir del día 1° de abril del año 2022, a varios agentes en diversos cargos dependientes de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - SAF: 16, de acuerdo al detalle consignado en el Anexo I del presente.-
Artículo 2°.- DÉJASE ESTABLECIDO, que la agente Flavia Meliza GONZÁLEZ (D.N.I. N° 35.569.729) retendrá su situación de revista escalafonaria como agente planta permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría: 12 en la JURISDICCIÓN: Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación - SAF: 810, mientras dure el desempeño de sus funciones en el cargo conferido.-
Artículo 3°.- DÉJASE ESTABLECIDO que la designación de la señora Eliana Solange CANOBRA (D.N.I. N° 37.942.192), no gozará de estabilidad en el empleo, limitándose al tiempo de efectiva prestación de servicios en el cargo conferido, no dando lugar a derecho alguno a la nombrada, una vez que cesen las funciones que se le asignan.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 5°.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a sus efectos tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Doña NIETO - Sr. Teodoro S. Camino