DECRETO N° 0440
RÍO GALLEGOS, 13 de abril de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MSA-Nº 982.865/22, elevado por el Ministerio de Salud y Ambiente; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar en todas sus partes el “CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA JURISDICCIÓN LOCAL DE SANTA CRUZ”, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación representado por la señora Ministra de Salud Doctora Carla VIZZOTTI, con domicilio en Avenida 9 de Julio Nº 1925, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, el Ministerio de Salud y Ambiente de la provincia de Santa Cruz representado por su titular el Doctor Claudio José GARCÍA, con domicilio en calle Alberto J. Bark Nº 93 de la ciudad de Río Gallegos provincia de Santa Cruz;
Que el presente Convenio establece las condiciones de cooperación y acción conjunta entre las partes para el desarrollo del “Programa” en los Municipios de la “Jurisdicción Local” de la provincia de Santa Cruz, con el propósito de trabajar sobre los factores que determinan y condicionan la situación actual de salud, a la vez que promover y fortalecer en los municipios el desarrollo de políticas de promoción y prevención que los aborden de manera integral y con criterios de equidad;
Que el objetivo del presente es celebrar Convenio interjurisdiccionales en salud, a través de Acuerdos de Gestión basados en el Convenio Marco. Articular de manera efectiva Programas Nacionales y jurisdiccionales locales que resulten relevantes para la generación de políticas que aborden los determinantes de la salud en los Municipios. Brindar asistencia técnica a los Municipios en la implementación del “Programa”;
Que la vigencia del presente Convenio Marco se establece a partir del día siguiente de su firma. Tendrá una duración de dos (2) años y se prorrogará automáticamente por igual período, de no mediar comunicación fehaciente en contrario proveniente de alguna de las partes con una antelación de al menos sesenta (60) días previos a su vencimiento. La culminación del Convenio no afectará las actividades aprobadas y que se están ejecutando;
Por ello y atento al Dictamen DGAL-Nº 0854/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Salud y Ambiente, obrante a fojas 16 y SLyT-GOB-Nº 324/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 112/113;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DÁSE POR RATIFICADO en todas sus partes el “CONVENIO MARCO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE CIUDADES, MUNICIPIOS Y COMUNIDADES SALUDABLES EN LA JURISDICCIÓN LOCAL DE SANTA CRUZ”, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación representado por la señora Ministra de Salud, Doctora Carla VIZZOTTI, con domicilio en Avenido 9 de Julio Nº 1925, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte y por la otra, el Ministerio de Salud y Ambiente de la provincia de Santa Cruz, representado por su titular Doctor Claudio José GARCÍA, con domicilio en calle Alberto J. Bark Nº 93 de la ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, de conformidad con las quince (15) cláusulas que lo componen, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Salud y Ambiente, a sus efectos, tomen conocimiento, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Dr. Claudio José García