Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0395/2022
BODY
Edición del 24 Julio 2025
Ediciones anteriores
Decretos Completos
« Jul 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30 31      

Secciones



Decretos Completos / publicado el 12 Julio 2022 / BO 5677

DECRETO N° 0395/2022

HOMOLOGACIÓN - ACUERDO DE AUDIENCIA - NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA PROVINCIAL
DECRETO N° 0395                                                                       
 
RÍO GALLEGOS, 07 de abril de 2022.-
V I S T O:
El Expediente MTEySS Nº 530.253/22, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia homologar el acuerdo concertado en audiencia celebrada el día 1º de abril del año 2022 entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo;
Que las partes mencionadas han mantenido reuniones paritarias previas los días 22 de febrero, 04, 11 y 25 de marzo y el día 1º de abril del año en curso en las cuales se han realizado negociaciones que han concluido en la celebración del Acta Nº 05 de fecha 1º de abril del año en curso;
Que en dicha reunión las partes involucradas han logrado arribar a un acuerdo consistente en: Incrementar en $ 2.500,00 (Pesos Dos Mil Quinientos) el básico de cada categoría con los haberes del mes de marzo del corriente año, lo que repercute también en $ 2.500,00 (Pesos Dos Mil Quinientos) en la Zona. Incorporándose de esta manera la suma de $ 5.000 (Pesos Cinco Mil). Incrementar en ese mismo mes la diferencia entre categorías del 1.2% al 1.3% aplicando el porcentaje en primer término a la categoría 10;
Que de igual manera, se acordó incrementar el 4% al básico con los haberes del mes de abril del año 2022, el 5% al básico con los haberes del mes de junio de este año y llevar en ese mismo mes la diferencia entre categorías del 1.3% al 1.4%, incrementar el 8% al básico con los haberes del mes de septiembre del año 2022 y el 8% al básico con los haberes del mes de diciembre del corriente;
Que las partes acordaron el incremento del 70% en la Asignación Familiar por Hijo lo que implica elevar la asignación a la suma de $ 5.852,25 (Pesos Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Dos con Veinticinco cvos.-) y que se replica en la asignación Prenatal y por consiguiente la duplicidad en la Asignación por Hijo con Discapacidad asciende a la suma de $ 11.704,50 (Pesos Once Mil Setecientos Cuatro con cincuenta cvos.-) con los haberes del mes de marzo 2022 y asimismo, se acordó incrementar un  200%  en  la  Asignación  Familiar por Escolaridad Inicial, Primaria, Media y Superior lo que implica la suma de $ 1.500,00 por cada niño escolarizado con los haberes del mes de marzo de este año;
Que con respecto al incremento de la Asignación Familiar por Familia numerosa será con los haberes del mes de marzo del año 2022 según el siguiente detalle:
 

3er. hijo

4to. hijo

5to. hijo

6to. hijo

7to. hijo

8vo. hijo

$ 3.000

$ 6.000

$ 9.000

$ 12.000

$ 15.000

$ 18.000

 
Que de igual manera se pactó el incremento de la Asignación Familiar por Matrimonio que en la actualidad es de $ 600,00 (Pesos Seiscientos) a la suma $ 10.000 (Pesos Diez Mil) con los haberes del mes de marzo del corriente;
Que se incorporó un adicional remunerativo denominado “Adicional por función para el personal de Loterías para Obras de Acción Social” que consiste en un 35% del básico de la categoría 17 con los haberes de marzo del año 2022. Fijar para el mes de Mayo de este año la conformación de una mesa de trabajo para discutir las particularidades del sector;
Que se acordó elevar el 35% del Básico de la categoría 17, el adicional que perciben los trabajadores y trabajadoras del área de Asuntos Registrales (códigos 209 y 218) con los haberes del mes de marzo del año 2022; y asimismo se acordó incorporar un adicional por pertenencia a los trabajadores y trabajadoras de la Secretaría de Medios e Información Pública con los haberes de marzo, consistente en un 35% del básico de la categoría 17;
Que las partes acuerdan incrementar el valor Base de cálculo del índice nivel uno, correspondiente a la Ley Nº 3250, Estatuto del Personal Aeronáutico del Estado Provincial, a la suma de $ 36.767,08 (Pesos Treinta y Seis Mil Setecientos Sesenta y Siete con ocho centavos) en los haberes del mes de marzo del año 2022 y a partir de allí aplicar lo acordado de manera porcentual: 4% en el mes de abril, 5% en el mes de julio, 8% en el mes septiembre y un 8% en el mes de diciembre del año 2022;
Que asimismo se incorpora al adicional 246 - Código con el que se liquida en el CPE - al personal que cumple efectivamente funciones y tareas de Oficios (albañil, carpintero, pintor, cañista, gasista, electricista, cloaquista y otros), en la Dirección Provincial de Trabajo Público dependiente del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura y que desarrolla tareas a partir de sus saberes y oficios en el mantenimiento correctivo y preventivo, que hacen a  la conservación y utilización de los bienes muebles e inmuebles de la Administración Provincial;
Que las partes pactaron el pase a planta permanente de los trabajadores y trabajadoras contratados bajo el régimen del Decreto Nº 2996/03 - que no estén en situación de incompatibilidad - y el personal sin estabilidad, Jefe de Sección, División y Departamento designados bajo la Ley Nº 1831, que contempla el Convenio Colectivo de Trabajo. Que hayan cumplidos 6 meses y un día al 31 de diciembre del 2021, con la cumplimentación de la documentación de ingreso que prevé el CCT;
Que se acordó convocar para la última semana de abril del corriente año, la mesa de trabajo para el tratamiento de la movilidad del escalafón de la Caja de Previsión Social;
Que así mismo se concertó convocar para el mes de mayo del año 2022, al Consejo Provincial de Relaciones Laborales para trabajar específicamente la licencia por adaptación escolar y la reglamentación del Artículo 187 del CCT;
Que por ultimo las partes convinieron incluir en la recategorización acordada en el punto 5 del Acta Nº 11 de fecha 13/10/21 (un máximo de hasta 6 categorías a los trabajadores con 20 años o más de antigüedad con aportes efectivos) homologada por Decreto Nº 1320/21 a aquellos trabajadores y trabajadoras que estén actualmente con Acuerdo del Directorio de la Caja de Previsión Social de formulación de cargos vigentes y practicándoles los descuentos del mismo, cumplimentados al menos un 50% de las cuotas acordadas;
Que en función a lo establecido en el Artículo 13 de la Ley Nº 2986, corresponde proceder a la homologación del acto suscripto en fecha 1º de abril del corriente año;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 850/22, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 102/103 y vuelta y SLyT-GOB Nº279/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 132;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1º.- HOMOLÓGASE, el acuerdo pactado en audiencia celebrada en fecha 1º de abril del año 2022, entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.), la ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.), y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) en el marco de la negociación colectiva de la Administración Pública Provincial, de conformidad a lo establecido en el Acta Nº 5 la que como ANEXO forma parte integrante de la presente.-
Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que el incremento acordado en el párrafo precedente se hará extensivo al personal activo de la Caja de Previsión Social, al personal de la Dirección Provincial de Aeronáutica, Ex Bancarios y Jubilados y Pensionados de dichos sectores.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación.-
Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino - Sra. Claudia Alejandra Martínez

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI