DECRETO N° 0330
RÍO GALLEGOS, 25 de marzo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente CAP-Nº 495.080/22, iniciado por el Consejo Agrario Provincial y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia el pase a planta permanente a partir del día de la fecha, de los agentes detallados en el Anexo I, que forma parte del presente, dependientes de la JURISDICCIÓN: Consejo Agrario Provincial - SAF: 520;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1320/21 mediante el cual se homologó el Acuerdo celebrado el día 13 de octubre del año 2021, entre el Poder Ejecutivo Provincial, la Asociación del Personal de la Administración Pública (A.P.A.P.), Asociación Trabajadores del Estado (A.T.E.) y Unión Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.) en el marco de la negociación colectiva de la Administración Pública Provincial, consistente en el pase a Planta Permanente de todo el personal en los términos que establece el Convenio Colectivo de Trabajo vigente;
Que de los antecedentes adjuntos surge que los agentes mencionados cumplen con los requisitos exigidos por la reglamentación en vigencia para revistar en Planta Permanente, por lo que corresponde el dictado del presente instrumento legal;
Que a tal efecto se deberá instruir al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos se efectivice la reestructuración de cargos en la Planta de Personal, como asimismo facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por intermedio de Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias conforme a la Ley de Presupuesto Nº 3770 del Ejercicio 2022;
Por ello y atento a los Dictámenes CL-Nº 075/22, emitido por la Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial, obrante a fojas 49/50 y SLyT-GOB-Nº 226/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 62;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PASE A PLANTA PERMANENTE a partir del día de la fecha, de los agentes detallados en el Anexo I que forma parte integrante del presente, dependientes de la JURISDICCIÓN: Consejo Agrario Provincial - SAF: 520, bajo las Categorías y Agrupamientos enunciados en dicho Anexo y en un todo de acuerdo con los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- TÉNGASE por reducido a los efectos dispuestos por el Artículo 1º del presente, el número de cargos de la Planta de Personal Temporario y por creada la Categoría asignada para los agentes en cuestión, en Planta Personal Permanente, en la JURISDICCIÓN: Consejo Agrario Provincial - SAF: 520.-
Artículo 3º.- INSTRÚYASE al Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación, para que a través de la Dirección Provincial de Recursos Humanos se efectúen las reestructuraciones de cargos en la Planta de Personal, conforme a lo dispuesto por la Ley de Presupuesto Nº 3770 del Ejercicio 2022.-
Artículo 4º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación de acuerdo a la Ley de Presupuesto Nº 3770 - Ejercicio 2022.-
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 6º.- PASE al Consejo Agrario Provincial, a sus efectos tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli