Dirección General Boletín Oficial - ACUERDO M.S.G.G./Co.P.Re.L.-N° 0010/2022
BODY
Edición del 03 Julio 2025
Ediciones anteriores
Acuerdos
« Jul 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30 31      

Secciones



Acuerdos / publicado el 27 Diciembre 2022 / BO 5729

ACUERDO M.S.G.G./Co.P.Re.L.-N° 0010/2022

APROBACIÓN - MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA REGALMENTACIÓN PARA LA JORNADA LABORAL
ACUERDO N° 010
 
RÍO GALLEGOS, 25 de noviembre de 2022.-
V I S T O :
Los acuerdos de COPREL N° 008 y N° 009, y las Actas N° 121, N° 122, N° 123 y;
CONSIDERANDO:
Que, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Provincial establece las modalidades operativas respecto a la prestación de servicios de los trabajadores y trabajadoras comprendidos en su ámbito de aplicación;
Que, los artículos N° 56° y 60° del mencionado CCT regulan la Jornada Laboral y Jornada Nocturna respectivamente;
Que, con el objeto de Reglamentar las distintas modalidades con las que el Gobierno Provincial debe afrontar el cumplimiento de las necesidades de servicio en las diferentes áreas de la administración, como así también la forma de establecer la forma más justa para fijar la retribución de cada modalidad, las entidades gremiales signatarias del Convenio Colectivo General de la Administración Pública y el Estado Empleador aprobaron mediante Acuerdo N° 008 en el ámbito del Consejo Provincial de Relaciones Laborales (CO.P.Re.L) un Reglamento que fijó lineamientos para su ejecución.
Que, luego de ello, mediante Acuerdo N° 009 de CO.P.Re.L, se aprobó la Reglamentación de Jornadas Laborales para trabajadores y trabajadoras que cumplen funciones los días sábados, domingos, feriados, días no laborables y asuetos provinciales.
Que, este Acuerdo N° 009 vino a reglamentar aspectos que habían sido previstos inicialmente en el Acuerdo N° 008, enriqueciendo su redacción y contemplando además el reconocimiento de derechos en favor de los trabajadores alcanzados por su ámbito de aplicación.
Que, por tal motivo, a fin de facilitar la aplicación e interpretación por parte de los organismos que deben cumplir y hacer cumplir las previsiones allí contenidas, resulta necesario modificar parcialmente la redacción del Acuerdo N° 008 y aprobar un texto ordenado y concordado, a fin de evitar la duplicidad normativa que impida la correcta aplicación de los derechos reconocidos o genere dudas respecto a su interpretación.
Que, en este mismo orden de ideas, resulta necesario modificar el artículo N° 3°, inc. a) del Acuerdo CO.P.Re.L N° 009.
Que, luego del análisis y discusión de las diferentes propuestas acercadas por los distintos actores participantes de CO.P.ReL, las partes acordaron la necesidad de revisar la redacción, lo cual quedó plasmado en el Acta N° 121 de fecha 11 de noviembre del corriente año;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar un texto ordenado y concordado del Acuerdo N° 008 que contemple las modificaciones parciales, como así también efectuar modificaciones en la redacción del Acuerdo N° 009 que permita facilitar su aplicación, conforme los acuerdos arribados en los términos del artículo 88° y 89° del Convenio Colectivo General para la Administración Pública Provincial homologado mediante Decretos N° 2188/09 y N° 1612/12;
Que teniendo en cuenta las previsiones ut supra mencionadas, corresponde el dictado del presente Acuerdo;
POR ELLO,

EL CONSEJO PROVINCIAL DE RELACIONES LABORALES
ACUERDA:
 
ARTÍCULO Nº 1.- APROBAR la modificación parcial de la Reglamentación para la Jornada Laboral prevista en los artículos N° 56° y 60° del Convenio Colectivo General para la Administración Pública Provincial, aprobado mediante Acuerdo CO.P.ReL N° 008, conforme el Texto Ordenado y concordado, que como ANEXO I forma parte del presente.-
ARTÍCULO Nº 2.- APROBAR la modificación parcial de la Reglamentación para la Jornada Laboral de Trabajadores y Trabajadoras que cumplen funciones los días sábados, domingos, feriados, días no laborales y asuetos provinciales, aprobado mediante Acuerdo CO.P.Re.L N° 009, conforme el Texto Ordenado y concordado, que como ANEXO II forma parte del presente.-
ARTÍCULO Nº 3.- NOTIFÍQUESE al Poder Ejecutivo, Boletín Oficial, a la Comisión Negociadora Central, a la Secretaría de Estado de Gestión Pública, a los fines de su conocimiento; cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sra. CLAUDIA MARTÍNEZ
Ministra Secretaría Gral. de la Gobernación
Sr. PABLO ULLOA
Secretario de Estado de Mediación y Asuntos Estratégicos
Sr. WALTER CHATELAIN
Subsecretario de Informática
Sr. GERMÁN SUÁREZ
Asesor Letrado MSGG
Sr. WALTER ROBLEDO
ATE
Sra. VERÓNICA OLIVARES
ATE
Sr. ALEJANDRO CISTERNAS
APAP
Sra. MARÍA G. ACOSTA
UPCN

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI