ACUERDO N° 023
RÍO GALLEGOS, 01 de abril de 2022.-
Expediente Nº 11.492/CAP/1965.-
ACÉPTASE Testimonio N° 448/18 sobre Declaratoria de Herederos de autos caratulados: “SANDOVAL DIEGO S/SUCESIÓN AB-INTESTATO” que se tramitó en el Juzgado Provincial de Primera Instancia N° 1 de la localidad de Pico Truncado, declarando en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Diego SANDOVAL le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos María Isabel, María Cristina y Diego Segundo todos de apellido SANDOVAL HARO, sobre la superficie aproximada de 2.500has., ubicadas en el lote 6 legua c de la Fracción C - Colonia Presidente Manuel Quintana, donde funciona el establecimiento ganadero Las Parras.-
DECLÁRASE que quedan como únicos titulares de los derechos y acciones sobre la superficie aproximada de 2.500has., ubicadas en el lote 6 legua c de la Fracción C - Colonia Presidente Manuel Quintana donde funciona el establecimiento ganadero Las Parras, los señores María Isabel SANDOVAL HARO D.N.I. Nº 26.418.263, María Cristina SANDOVAL HARO D.N.I. Nº 28.807.150 y Diego Segundo SANDOVAL HARO D.N.I. Nº 30.629.135.-
Dr. JAVIER M. DE URQUIZA
Presidente
ALBERTO RODOLFO NELLI
APESTEGUIA SEBASTIÁN ARIEL
BERASALUCE JUAN CARLOS
AMPUERO LUIS ALBERTO
MORALES ARIEL FABIO
Vocales Directores
Consejo Agrario Provincial