Dirección General Boletín Oficial - M.T.E.yS.S. - ACTA DE INSPECCIÓN LABORAL A LA RAZÓN SOCIAL RANKS S.A.S. - EXPEDIENTE N° 551.119/2024 - P1/3
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Notificaciones / publicado el 10 Febrero 2026 / BO 6079

M.T.E.yS.S. - ACTA DE INSPECCIÓN LABORAL A LA RAZÓN SOCIAL RANKS S.A.S. - EXPEDIENTE N° 551.119/2024 - P1/3

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN A LA:
R/S “RANKS S.A.S.”
 
Se hace saber Ud., que en autos caratulados: “ACTA DE INSPECCIÓN LABORAL A LA RAZÓN SOCIAL RANKS S.A.S.”, que se tramita ante la Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene Zona Norte dependiente de éste Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Cruz y; bajo Expediente N° 551.119/2024, se ha dictado Disposición N° 0341/2025; que transcripta en sus partes pertinentes dice así Río Gallegos 05 de agosto del 2025: VISTO CONSIDERANDO: Que obra en el presente Acta de Inspección Laboral Nº 150/2024 - Ley Nº 3141, con fecha 08 de mayo del año 2024, a la razón social RANKS S.A.S., con domicilio legal en Mendoza Sur N° 148 Piso 1 Oficina 5, de la localidad de Adán Quiroga - San Juan, y domicilio de inspección en Ruta Provincial Nº 43 Km 240, El Pluma - Santa Cruz; Que obra en el presente Dictamen Acusatorio Circunstanciado Nº 110/2024, el cual se encuentra debidamente notificado, otorgándole a la razón social inspeccionada los plazos legales pertinentes para su cumplimiento y para que ejerza su derecho de defensa, informando que la razón social en cuestión no ha dado cumplimiento a los siguientes puntos: Certificado de residencia expedido por la Autoridad competente de todo el personal que desarrolla tareas en la provincia de Santa Cruz - Ley Nº 3648 - Artículo 3va; Formulario 931 Declaración Jurada ante la AFIP y comprobante de pago - Ley Nº 24.013; Listado de Personal con domicilio real y actual, con categoría, función y fecha de ingreso de todo el personal - Papel y digital; Fotocopia de DNI actualizado de cada trabajador, donde conste el Domicilio real de residencia - Ley Nº 3648 - Artículo 3va; Altas Tempranas y Bajas ante ARCA - Resolución General Nº 2016/06 - Artículo 2º; Constituir base operativa en la provincia donde se instalará administrativamente hasta finalizar su cometido, lo que incluirá todas las actividades emergentes para tal fin, y someterse al régimen impositivo y tributario de la provincia de Santa Cruz; Las unidades que sean afectadas al servicio que prestan, deberán estar radicadas en forma definitiva en las municipalidades de su jurisdicción; Que corresponde en consecuencia aplicar como sanción GRAVE conforme a lo estipulado en la Ley Pacto Federal del Trabajo Nº 25.212, una multa cuyo valor asciende a la suma total de $ 898.402,00 de acuerdo a lo informado por el Secretario de Estado de Trabajo, en concordancia a la Ley Provincial Nº 2450, siendo verificado por la Asesoría Letrada de este Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social mediante Dictamen Nº 1510/DPAJ/2024, ratificado mediante Providencia Nº 535/DPAJ/2025; Que se deberá transferir la suma mencionada precedentemente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - C.U.I.T. Nº 30-71611032-6 - Cuenta Corriente Nº 014161357 - CBU: 0860001101800041613572, de acuerdo a comprobante obrante en el presente, debiendo presentar el comprobante de depósito en esta entidad dentro de las 48 Hs. de efectuado el mismo; Que se Deja Establecido que la falta de acreditación de la constancia de depósito ante este organismo, dentro del plazo estipulado en el considerando anterior, se considerará impaga, recurriéndose al cobro por vía judicial correspondiente; Que la presente gestión se realiza de acuerdo a lo previsto mediante Leyes Nacionales Nros. 25.877, 20.744, 25.212, 24.013, 11.544 y 24.557, y Leyes Provinciales Nros. 2450, 3141, 3648 y 3704, y Decretos Reglamentarios; Cde. Expte. Nº 551.119/MTESS/2024..- Que atento al Dictamen N° 1713/DPAJ/2025, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 22, no presenta objeciones que formular; POR ELLO: LA SUBSECRETARÍA DE TRABAJO D I S P O N E: 1º.- SANCIONAR a la razón social RANKS S.A.S. (C.U.I.T. Nº 30-71821948-1), con domicilio legal en Mendoza Sur N° 148 Piso 1 Oficina 5, de la localidad de Adán Quiroga - San Juan, y domicilio de inspección en Ruta Provincial Nº 43 Km 240, El Pluma - Santa Cruz, conforme a lo estipulado en la Ley Pacto Federal del Trabajo Nº 25.212, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente.- 2º.- APLICAR como sanción GRAVE una multa cuyo valor asciende a la suma total de PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DOS ($ 898.402,00), la cual deberá ser abonada al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social - C.U.I.T. Nº 30-71611032-6 - Cuenta Corriente Nº 014161357 - CBU: 0860001101800041613572, de acuerdo a comprobante obrante en el presente, debiendo presentar el comprobante de depósito en esta entidad dentro de las 48 Hs. de efectuado el mismo.- 3º.- DEJAR ESTABLECIDO que la falta de acreditación de la constancia de depósito ante este organismo, dentro del plazo estipulado en el punto anterior, se considerara impaga, recurriéndose al cobro por vía judicial correspondiente de acuerdo a lo previsto mediante Artículo 53º de la Ley Provincial Nº 2450 “Procedimiento Administrativo en lo Laboral de la provincia de Santa Cruz”.- 4º.- REGISTRAR, tome conocimiento: Dirección Policía de Trabajo, Seguridad e Higiene, que efectuará los registros pertinentes y remitirá copia de la presente a las partes, Subsecretaría de Trabajo, Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa, Tribunal de Cuentas, cumplido y con las debidas constancias, ARCHÍVESE.-
QUEDA UD., DEBIDAMENTE NOTIFICADA.-
 
PAZ, HERNÁN DAVID
Dirección General
Conflictos Colectivos e Individuales
M.T.E.y S.S.

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI