Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - TRUE SOUTH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - P1/1
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Edictos / publicado el 02 Junio 2026 / BO 6118

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - TRUE SOUTH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - P1/1

AVISO LEGAL LEY 19.550
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública N° 385, F° 1440, en la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, a los 22 días del mes de mayo de 2026, ante mí, Escribano Público autorizante del Registro Notarial N° 42, se constituyó la sociedad denominada: “TRUE SOUTH SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, cuyos datos son los siguientes: 1.- Socios: El señor Pablo Rodolfo FERNÁNDEZ, argentino, casado en 1° nupcias con Marisa Daniela Haisner, de 54 años de edad, D.N.I. N° 22.427.072, CUIT N° 20- 22427072-1, de profesión contador público, domiciliado en la calle Los Cerezos N° 89 de la Ciudad de El Calafate, en esta Provincia; y el señor Juan Cruz PAZ, argentino, soltero, de 36 años de edad, D.N.I. N° 34.762.865, CUIT N° 20-34762865-5, de profesión comerciante, domiciliado en la calle De los Álamos N° 2768, “4”, de la Ciudad de El Calafate, en esta provincia. 2.- Objeto Social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en el territorio de la República Argentina o en el exterior, a las siguientes actividades: a) SERVICIOS: La organización, promoción, comercialización y prestación de servicios de pesca deportiva y recreativa en ríos, lagos y espejos de agua, incluyendo la contratación y provisión de guías de pesca, el asesoramiento técnico a pescadores, el alquiler y venta de equipos, artes de pesca y accesorios relacionados. La prestación de servicios de turismo de naturaleza, turismo aventura y ecoturismo, incluyendo excursiones, trekking, cabalgatas, avistamiento de fauna y flora, y toda actividad recreativa desarrollada en entornos naturales; b) TRANSPORTE: La prestación de servicios de traslado de personas y sus equipajes en vehículos propios o de terceros, con destino a puntos turísticos, aeropuertos, terminales, alojamientos y sitios de interés natural o cultural. El alquiler de vehículos livianos y pesados, con y sin chofer, destinados al transporte de personas, equipajes, cargas y equipamiento turístico, en el ámbito local, regional y nacional, conforme la normativa de tránsito y transporte vigente. La organización y comercialización de paquetes turísticos, excursiones y programas de viaje, en forma individual o grupal, en el ámbito local, regional, nacional e internacional. La comercialización de productos y servicios turísticos a través de Empresas de Viajes y Turismo (EVyT), actuando como operador receptivo, emisivo o mixto según corresponda, en el marco de la Ley Nacional de Turismo número 25.997 y su reglamentación, y conforme las habilitaciones otorgadas por el Ministerio de Turismo de la Nación y los organismos provinciales competentes y los que en el futuro regulen la actividad; y c) ACTIVIDADES CONEXAS Y COMPLEMENTARIAS: A fin de complementar su actividad principal, la sociedad podrá: (i) brindar servicios de alojamiento, hospedaje y gastronomía propios o en articulación con terceros prestadores; (ii) comercializar, importar y exportar equipos, indumentaria, accesorios y productos vinculados a la pesca deportiva y el turismo de aventura; (iii) celebrar convenios con hoteles, hosterías, estancias y prestadores de servicios turísticos para la integración de propuestas; (iv) realizar actividades de promoción, publicidad y marketing turístico; (v) prestar servicios de asesoramiento y consultoría en turismo sostenible y de naturaleza; (vi) desarrollar toda otra actividad lícita que sea complementaria, accesoria o necesaria para el cumplimiento del objeto principal. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capital a personas humanas y/o jurídicas; actuar como fiduciaria y celebrar contratos de colaboración empresaria, uniones transitorias de empresas (UTE) y agrupaciones de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras número 21.526 y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.- 3.- Domicilio: Av. San Martín N° 1021, 1° piso, de la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz.- 4.- Capital Social: $ 12.000.000,00.- 5.- Duración: 99 años.- 6.- Composición de los órganos de administración y fiscalización: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de los señora Pablo Rodolfo Fernández y Juan Cruz Paz, quienes revestirán el carácter de socios gerentes, cuyas firman obligan a la sociedad, durante su plazo de vigencia.- 7.- Cierre de Ejercicio: 31/10 de cada año.-
 
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI