E D I C T O
Por disposición de S.S. el Señor Juez de Primera Instancia, a cargo del Juzgado Provincial Nº 1 en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia, con asiento en Cmte. Luis Piedra Buena Provincia de Santa Cruz, sito en calle España N° 644, a cargo del Dr. Renato Norberto Manucci, Secretaría de Familia a mi cargo; en los autos caratulados: “YATEL GISELLA MARINA C/FRANCO JUAN ANÍBAL S/SUPRESIÓN DE APELLIDO PATERNO” EXPTE. 4109/26F. Se dispone la publicación de edictos una vez por mes durante el lapso de dos (2) meses, a fin de tomar intervención sobre la petición de supresión del apellido paterno en autos, por las jóvenes DANIELA JAZMIN FRANCO YATEL, D.N.I. 48.693.065 y FLORENCIA GUADALUPE FRANCO YATEL, D.N.I. 52.172.83 pudiendo formular oposición quienes se consideren con derecho dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la última publicación, conforme lo previsto por el Art. 70° del Código Civil y Comercial de la Nación.-
CMTE. LUIS PIEDRA BUENA, 12 de mayo de 2026.-
CATULLO MARÍA ALEJANDRA
Secretaria