AVISO LEGAL LEY 19.550
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que por Escritura Pública Nº 207, F° 710 del 20/03/2026, en la Ciudad de Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz, ante mí, Escribano Nacional autorizante del Registro Notarial N° 42, se instrumentó una cesión de cuotas, modificación del estatuto social y designación de autoridades de la firma "BFG INDUSTRIAL S.R.L.", C.U.I.T. Nº 30-71730176-1 y con domicilio en la Circunvalación 02, Sección 02, Chácara 63, Parcela 10, Barrio Industrial de la Localidad de Perito Moreno, en esta Provincia. Que mediante la citada escritura el señor Fernando Rodrigo Baños y Fernando Baños, cedieron y transfirieron la totalidad de su participación societaria, es decir, la cantidad de 2.000 cuotas sociales, a favor de: a) el señor Lothar Max Kaiser, la cantidad de 1.600 cuotas sociales; y b) el señor Juan Marcelo Basualdo, la cantidad de 400 cuotas sociales, todas las cuotas se encuentran totalmente integradas, asimismo el señor Fernando Rodrigo Baños renunció al cargo de socio gerente de la firma. Por su parte, los cesionarios, en razón de detentar el 100% del paquete societario, modificaron la cláusula 3° la cual quedó redactada de la siguiente manera: “TERCERO: OBJETO: La sociedad tiene por objeto realizar por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, las siguientes operaciones, sin que la enumeración precedente implique limitación alguna y pudiendo desarrollar todas aquellas actividades conexas, complementarias o accesorias que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto: A) Venta y distribución de productos eléctricos, electrónicos y mecánicos para uso industrial, insumos, repuestos y partes; B) Compra, importación y venta de equipos y maquinarias de uso industrial, repuestos, accesorios e insumos; C) Ejecución y montaje de instalaciones y obras industriales y eléctricas; Diseño, ingeniería, construcción, montaje y puesta a punto de instalaciones y obras industriales, eléctricas y civiles completas, tanto para destino habitacional, comercial e industrial, por cuenta propia o mediante subcontratación total o parcial, incluyendo todas las etapas de planificación, dirección, administración y mantenimiento de las mismas; D) Servicio de limpieza, desinfección y sanitización de edificios residenciales, comerciales, módulos habitacionales, campamentos, comedores, cocinas, hoteles, centros de salud, centros de aislamiento, y dependencias destinadas a alojamiento y/o internación; E) Limpieza, sanitización y desinfección de vehículos destinados a transporte de personal y/o carga, con uso de productos autorizados según normas vigentes; F) Prestación de todo tipo de servicios relacionados con la actividad minera, y actividades accesorias, sea dentro o fuera de los yacimientos, y que resulten necesarias para el desarrollo de la actividad; G) Realización de operaciones comerciales mediante la importación, exportación, compra venta, transporte y distribución de productos y mercaderías vinculadas a la actividad de la empresa, inclusive el ejercicio o desempeño de representaciones, comisiones, consignaciones y mandatos; H) Servicios de gestión y logística para el transporte de mercaderías, incluyendo transporte y almacenamiento; servicio de transporte automotor de mercaderías y sustancias peligrosas; servicio de transporte automotor de cargas N.C.P., incluyendo transporte de carga refrigerada y transporte pesado; servicios de apoyo para la minería, excepto para la extracción de petróleo y gas natural; explotación de minas y canteras; I) Prestación de servicios de asesoramiento y consultoría en logística, abastecimiento, comercio exterior y servicios financieros, incluyendo la planificación, organización y optimización de procesos vinculados a la cadena de suministro y la gestión empresarial. Para el ejercicio de sus actividades la sociedad podrá celebrar toda clase de contratos, adquirir y disponer toda clase de bienes, inclusive registrables, operar con instituciones bancarias y financieras, y realizar cualquier otra actividad lícita que contribuya directa o indirectamente al cumplimiento de su objeto social”. Asimismo, se designó en al señor Lothar Max Kaiser en el cargo de SOCIO GERENTE, quien aceptó el cargo conferido, constituyendo domicilio especial, en los términos del Art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la Circunvalación 02, Sección 02, Chácara 63, Parcela 10, Barrio Industrial de la Localidad de Perito Moreno, en esta Provincia, declarando no encontrarse comprendido en la prohibiciones e incompatibilidades previstas en los Artículos 264 de la mencionada ley para el ejercicio del cargo para el cual fuera designado.-
MARTÍN FERNANDO DURÉ
Escribano Adscripto
Registro Notarial N° 42