Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - SAN BENITO EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.A. - P1/1
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Edictos / publicado el 25 Abril 2024 / BO 5874

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD - SAN BENITO EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.A. - P1/1

A V I S O
SAN BENITO EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.A.
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que el 25/07/2023 se constituyó SAN BENITO EMPRENDIMIENTOS INMOBILIARIOS S.A., con las siguientes características: 1) SOCIOS: Juan Luis ERCOLANO, argentino, con D.N.I. 10.528.322, nacido el 10 de septiembre de 1952, casado en primeras nupcias con Marta Liberata Greig, empresario, CUIT: 23-10528322-9, domiciliado en Ruta 55, kilómetro 111, estancia El Regreso, Partido de Balcarce, provincia de Buenos Aires; y Marta Liberata GREIG, argentina, con D.N.I. 11.789.904, nacida el 5 de mayo de 1956, casada en primeras nupcias con Juan Luis Ercolano, empresaria, CUIT: 27-11789904-2, domiciliada en Ruta 55, kilómetro 111, estancia El Regreso, Partido de Balcarce, provincia de Buenos Aires.- 2) FECHA DEL INSTRUMENTO DE CONSTITUCIÓN: 25/07/2023; escritura pública 217, folio 730, protocolo del Reg. Notarial N° 37 de Río Gallegos.- 3) RAZÓN SOCIAL: San Benito Emprendimientos Inmobiliarios S.A.; 4) DOMICILIO: Alcorta N° 76; Río Gallegos; provincia de Santa Cruz.- 4) OBJETO SOCIAL: la realización, por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, de las siguientes actividades: I) La adquisición y enajenación, ya sea por compra, venta, permuta, dación en pago, donación o por cualquier otro título, y la explotación, arrendamiento, usufructo, locación, y administración en general de inmuebles urbanos y rurales, edificios, propiedad horizontal, sea para vivienda, comerciales o industriales; fraccionamiento de tierras, loteos, urbanizaciones, subdivisiones; constitución, integración y administración de fideicomisos; programación, promoción, venta de lotes o de unidades habitacionales, o locales comerciales o industriales que resulten de la edificación; desarrollo de construcciones, parcelaciones o urbanizaciones en bienes propios o de terceros, bien sea para planes de vivienda, locales comerciales o industriales; ejercer mandatos, representaciones, comisiones y consignaciones.- II) Estudio, diseño, planificación, elaboración y ejecución de toda clase de proyectos de construcción, edificación e inmobiliarios en general; construcción de edificaciones, obras civiles y bienes inmuebles en general, así como la realización en ellas de adiciones, mejoras, modificaciones, restauraciones y reparaciones.- III) Prestación de servicios técnicos y de consultoría en los diferentes campos de la ingeniería civil; realización de trabajos, estudios, consultorías, y proyectos en materia de urbanismo y arquitectura.- IV) Promoción, constitución y asociación de empresas o sociedades que tengan por objeto la construcción de inmuebles o los negocios sobre propiedad raíz; realizar inversiones en propiedades inmuebles para enajenarlos o desarrollar proyectos de edificios, estando facultada la sociedad para reservar para sí, o para los accionistas las áreas que a bien tengan para arrendamiento o explotación comercial.- V) La construcción de canalizaciones externas y subterráneas para extensión y distribución de redes de energía, telefonía, internet, acueducto y alcantarillado y en general, todo lo relacionado con servicios públicos; montajes electromecánicos de centrales de generación de energía, hidráulica, térmica, a gas, y otros; montajes de tubería de presión para centrales de generación y/o estaciones de bombeo; montajes electromecánicos para plantas o instalaciones industriales, comerciales o de infraestructura, construcción de plantas de potabilización de gua y de energía eólica y su distribución.- VI) Construcción de estructuras para edificaciones, puentes e infraestructura en general en concreto o metálicas.- VII) Enajenación de materiales de construcción nuevos y de sobrantes de obra; adquisición a título oneroso de equipos, maquinaria, implementos e instalaciones empleados en la construcción de obras y edificios, con el propósito de usarlos en las obras que ejecute pudiendo también arrendarlos o celebrar con ellos cualquier tipo de transacción.- VIII) Producir materiales destinados a obras o construcciones, o explotar canteras, playas y demás depósitos naturales o yacimientos de materiales para construcción con destino a sus obras o a la venta de los mismos.- IX) Contratar la ejecución de obras o trabajos bajo las diferentes modalidades comerciales o administrativas de contratación, asociarse con terceros para la ejecución de obras o para la realización de proyectos específicos, bien sea bajo la modalidad de consorcios, uniones temporales o cualquier otro tipo de asociación o participación, subcontratar obras o parte de ellas.- X) Hacer inversiones de fomento y desarrollo para el aprovechamiento de incentivos de carácter fiscal autorizados por la ley; celebrar operaciones de crédito con toda clase de personas u otorgar garantías, emitir bonos, tomar dinero en mutuo o dar en garantía sus bienes muebles o inmuebles; celebrar todas las operaciones de crédito que le permitan obtener los fondos u otros activos para el desarrollo de la empresa, licitar, constituir filiales o promoverlas, formar u organizar sociedades o vincularse a otras sociedades o empresas o en servicios, absorberlas y fusionarse con ellas.- XI) Celebrar o ejecutar toda clase de contratos u operaciones que sean necesarias o convenientes para el logro de los fines que persigue la sociedad que puedan favorecer o desarrollar sus negocios o que en forma directa se relacionen con el objeto social, así como todos aquellos que estén orientados a cumplir las obligaciones o a ejercer los derechos que legal o convencionalmente se deriven de la existencia y actividad de la sociedad.- XII) La sociedad tiene plena capacidad jurídica para realizar todos los actos, contratos y operaciones tendientes al cumplimiento de su objeto social, como así también todo otro acto que se vincule directa o indirectamente con aquél y que no esté prohibido por las leyes o por este estatuto. Asimismo podrá participar en sociedades, consorcios, uniones transitorias de empresas y cualquier otro contrato asociativo o de colaboración vinculado total o parcialmente con el objeto social.- 7) CAPITAL SOCIAL: $ 16.800.000 dividido en 16.800 acciones nominativas no endosables de $ 1.000 de valor nominal cada una, y con derecho a un voto por acción. SUSCRIPCIÓN: JUAN LUIS ERCOLANO suscribe 13.440 acciones; o sea $ 13.440.000, integrando $ 132.448 en dinero en efectivo; y $ 13.307.552,00 con el aporte de inmuebles ubicados en la ciudad de Río Gallegos, departamento Güer Aike, provincia de Santa Cruz.- MARTA LIBERATA GREIG suscribe 3.360 acciones; o sea $ 3.360.000; integrando un 25% de dicho capital en efectivo, es decir $ 840.000 (pesos ochocientos cuarenta mil); comprometiéndose a completar la integración en dinero en efectivo en un término no mayor de dos años a contar desde el día de su constitución.- 8) ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: La dirección y administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto del número de miembros que determine la asamblea, entre un mínimo de uno y un máximo de cinco, con mandato por tres ejercicios.- Presidente: JUAN LUIS ERCOLANO.- Directora suplente: MARTA LIBERATA GREIG.- 9) FISCALIZACIÓN: Prescinde de la sindicatura.- 10) REPRESENTACIÓN LEGAL: Corresponde al presidente del directorio y en su caso al vicepresidente.- 11) FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO: 30 de julio de cada año.-
 
RICARDO L. ALBORNOZ
Escribano Público
Registro Notarial N° 37

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI