Dirección General Boletín Oficial - CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE ACCIÓN SIMPLIFICADA - KUMEL S.A.S. S/INSCRIPCIÓN REGISTRO PÚBLICO - EXPEDIENTE N° T- 13.441/2023 - P1/1
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Edictos / publicado el 12 Diciembre 2023 / BO 5835

CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE ACCIÓN SIMPLIFICADA - KUMEL S.A.S. S/INSCRIPCIÓN REGISTRO PÚBLICO - EXPEDIENTE N° T- 13.441/2023 - P1/1

E D I C T O
“KUMEL S.A.S.”
 
Por disposición de S.S. la Señora Juez a cargo del Juzgado Provincial de Primera Instancia N° 1 en lo Civil, Comercial, Laboral, de Minería y de Familia con asiento en Puerto San Julián, en autos caratulados: “KUMEL S.A.S. S/INSCRIPCIÓN REGISTRO PÚBLICO” (EXPTE. N° T- 13441/23) se hace saber por un día, que se procede a la inscripción del presente CONTRATO SOCIAL: SOCIOS FACUNDO NICOLÁS ZÚÑIGA, D.N.I. 35.897.557, CUIT 20-35897557-8 Argentino, de estado civil soltero, nacido el 16 de agosto de 1991, de profesión Comerciante, con domicilio en calle Abuela Carmita N° 2638 de Puerto San Julián, Santa Cruz y SANTIAGO OMAR ZÚÑIGA, D.N.I. 38.711.668 CUIT 20-38711668-1, Argentino, de estado civil soltero, nacido el 10 de noviembre de 1995, de Profesión comerciante con domicilio en Pasaje Patagonia Argentina N° 1732 de la localidad de Puerto San Julián. FECHA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE ACCIÓN SIMPLIFICADA: 1 de agosto de 2023.- RAZÓN SOCIAL Y SEDE SOCIAL: La sociedad se denomina “KUMEL S.A.S.” y tiene su domicilio legal en Abuela Carmita Nº 2638 de Puerto San Julián. El directorio tiene facultades para fijarlo y/o mudarlo, así como para resolver el establecimiento de agencias, sucursales o cualquier otra clase de representación dentro o fuera del país. La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la adquisición, reparación, consignación y locación de máquinas viales tipo retroexcavora, motoniveladoras, bobcat, montacargas, compresores, generadores, herramientas de construcción, entre otras, camionetas, camiones con todos sus equipamientos. Asimismo Compra, venta, permuta, reparación, alquiler y consignación de bienes vinculados con la minera, construcción e industria de los frutos y productos que por este objeto la sociedad pueda desarrollar y/o emprender, vinculados con ferreterías, y repuestos de maquinarias.- IMPORTADORA Y EXPORTADORA: Mediante la importación exportación de artículos relacionados con la minería, construcción e industria de los frutos y productos que por este objeto la sociedad pueda desarrollar.- Pudiendo también ejercer mandatos, comisiones, consignaciones, representar patentes y marcas, licencias y diseños industriales, podrá también comprarlos, venderlos, o percibir cualquier tipo de remuneración por la intervención antes mencionada.- Actuar como mandataria, gestora, consignataria y/o cualquier figura jurídica lícita que intervenga en compras y/o ventas para concretar operaciones comerciales, recibir y efectuar pagos por cuenta y orden de terceros y en general cualquier tipo de negocio donde actúe como intermediaria y/o facilitadora de operaciones comerciales.- LICITACIONES: Mediante representantes o en representación podrá intervenir en licitaciones de entes privados nacionales o extranjeros y en Licitaciones Públicas, del mismo modo actuará en todo tipo de concursos de precios, relacionado con la agricultura, transporte, gastronomía, minería e industria de los frutos y productos que por este objeto la sociedad pueda desarrollar y/o emprender.- La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público.- CAPITAL SOCIAL, SUSCRIPCIÓN E INTEGRACIÓN: El Capital Social es de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000), representando por DOSCIENTAS (200) acciones ordinarias nominativas no endosables de PESOS CIEN ($ 100), valor nominal de cada una y con derecho a un voto por acción. Las cuales se encuentran divididas de la siguiente manera: 100 acciones ordinarias nominativas no endosable a nombre de FACUNDO NICOLÁS ZÚÑIGA y 100 acciones nominativas no endosables a nombre de SANTIAGO OMAR ZÚÑIGA. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios que representen el CINCUENTA Y UN (51) POR CIENTO DEL CAPITAL.- En primer término se deberá decidir las características de las acciones a emitir, indicando clase y derechos de las mismas. La emisión de acciones podrá efectuarse a valor nominal o con prima de emisión, pudiendo fijarse primas distintas para las acciones que sean emitidas en un mismo aumento de capital. A tales fines, deberán emitirse acciones de distinta clase que podrán reconocer idénticos derechos económicos y políticos, con primas de emisión distintas. El instrumento constitutivo puede, para los casos en que el aumento del capital fuera menor al cincuenta por ciento (50 %) del capital social inscripto, prever el aumento del capital social sin requerirse publicidad ni inscripción de la resolución de la reunión de socios. En cualquier caso, las resoluciones adoptadas deberán remitirse al Registro Público incluso por medios digitales a fin de comprobar el cumplimiento del tracto registral, en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.- DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: El plazo de duración de la sociedad es de CUARENTA (40) AÑOS, contados a partir del día 1 agosto de 2023. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios.- FECHA DE CIERRE DEL EJERCICIO ECONÓMICO: Sin perjuicio de los balances parciales o de comprobación que se efectuarán anualmente el 31 de julio de cada año, se practicará un inventario y balance general, a los fines de conocer el estado y marcha de los negocios sociales. Las utilidades líquidas y realizadas que arroje la explotación comercial de la sociedad serán distribuidas en las siguientes formas: cinco por ciento para el fondo de reserva legal hasta que alcance al veinte por ciento del capital, en cuyo caso no deberá deducirse más. El remanente se distribuirá entre los socios en proporción de sus capitales. Se entiende por utilidades líquidas y realizadas, los beneficios que arroja la explotación comercial una vez satisfechas las amortizaciones admitidas por la Dirección General Impositiva, las reservas y/o reservas especiales, previsiones, gratificaciones al personal y cualquier otra que se quisiera efectuar. Las pérdidas, si las hubiere, serán soportadas por los socios en proporción igual a la de las utilidades. No habiéndose formulado ninguna objeción al balance en el término de noventa días a partir del cierre del ejercicio, se considerará automáticamente aprobado, para lo cual lo confirmará cada uno de los socios con su firma personal.- SECRETARÍA.-

PUERTO SAN JULIÁN, 01 de noviembre de 2023.-
 
COSTAS MARINA SOLEDAD
Secretaria

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI