Dirección General Boletín Oficial - SIGMA S.R.L. - P1/1
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Avisos / publicado el 17 Marzo 2022 / BO 5644

SIGMA S.R.L. - P1/1

AVISO AMPLIATORIO:
“SIGMA S.R.L.”
 
Se pone en conocimiento por el término de un (1) día, que en aviso del B.O. N° 5622 de fecha 21 de Diciembre de 2021, página 17, se publicó la CESIÓN DE CUOTAS, AUMENTO DE CAPITAL Y MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE LA SOCIEDAD SIGMA S.R.L., en la que se modifica la cláusula quinta del contrato social quedando redactada, en forma íntegra, de la siguiente manera: QUINTO: administración y representación. “La administración y representación de la sociedad estará a cargo del señor César Luis Marcos quien desde ya queda investido del rango de gerente.- Ejercerá la representación legal y el uso de la firma social.- La documentación se deberá suscribir en todos los casos mediante la firma personal del gerente, bajo el rubro social, pudiendo de esta manera comprometer a la sociedad en la forma más amplia.- Desempeñará sus funciones durante el plazo de vigencia de la sociedad.- No obstante, le queda prohibido comprometer a la sociedad en negociaciones ajenas a su objeto social y en fianza o garantía a terceros.- Para el cumplimiento del objeto social el gerente podrá: a) operar con toda clase de bancos, y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia, financiera o de cualquier índole, realizando para la sociedad toda clase de operaciones bancarias o en cuenta corriente, caja de ahorro, plazo fijo, descuento de pagarés y valores al cobro; b) otorgar poderes a favor de los mismos socios o de terceros para la representación de la sociedad ante las autoridades judiciales y/o administrativas de cualquier fuero o jurisdicción; c) representar personalmente a la sociedad ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Tribunales del Trabajo, Tribunal de Faltas, Ministerio de Economía y Secretarías dependientes, Municipios, Administración Federal de Ingresos Públicos, Registro de Créditos Prendarios, Bancos de la Nación Argentina, Central de la República Argentina, y demás Bancos que funcionen en el país, así como también, ante cualquier oficina pública nacional, provincial, municipal o extranjera y Gobiernos Nacionales o Provinciales y sus respectivos Ministerios y reparticiones autónomas y autárquicas; d) aceptar prendas o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y percibir, efectuar pagos, transacciones, comprar, vender, hipotecar, permutar y arrendar toda clase de bienes muebles, inmuebles o semovientes, ya sea al contado o a plazo, contratar a profesionales y rescindirlos, formular protestas, denuncias, acusar y promover querellas, dar y tomar posesión, celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza, para todo lo cual podrá otorgar y suscribir cuantos instrumentos o escrituras públicas o privadas fueren menester; e) realizar todos los actos previstos en el artículo 375 del Código Civil y Comercial de la Nación.- La presente enumeración es meramente enunciativa pero no es limitativa de otras facultades de la sociedad acordes con el objeto social. La firma social no podrá ser empleada en avales, fianzas o garantías a favor de terceros o en negocios ajenos a la sociedad”.-
 
MARY ITATI MICHELLOD
Escribana Titular Reg. N° 53
Río Gallegos Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI