AVISO DE LEY -19550-
“ALTA SANTA CRUZ SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”
“ALTA SANTA CRUZ SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA”
Paola Alejandra NAVES, Escribana, titular del Registro N° 50, de esta Provincia, hace saber por el término de un (1) día que con fecha 19/10/2026, por escritura pública otorgada ante mí bajo el N° 438 del presente Protocolo a mi cargo; se procedió a efectuar modificaciones de la sociedad que gira en plazo bajo el nombre de “ALTA SANTA CRUZ SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA” y que en mérito a lo establecido en el Art. 10, Inc. b de la Ley 19.550, se publicita por el término de un (1) día en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz el siguiente aviso: CESIÓN DE ACCIONES: a) la señora María Daniela LERCARI, argentina, nacida el veintiuno de Septiembre de mil novecientos setenta, titular del Documento Nacional de Identidad número 21.750.333, CUIT N° 27-21750333-2, contadora, divorciada, con domicilio real y especial en la calle Uruguay número 860 de esta ciudad de Caleta Olivia, Departamento Deseado, Provincia de Santa Cruz, en adelante el vendedor, a título de venta, transfiere y vende, a Cristian Eduardo LÓPEZ, argentino, nacido el treinta y uno de Marzo de mil novecientos setenta y tres, titular del Documento Nacional de Identidad número 23.300.856, C.U.I.T. N° 20-23300856-8, comerciante, divorciado, con domicilio real y especial en la calle José Antonio Cabrera número 3956 Torre 1 Piso 9° “D” ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cantidad de Ciento Cincuenta mil (150.000) acciones, correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del capital social; pertenecientes a la empresa ALTA SANTA CRUZ SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA.- RENUNCIA AL CARGO DE ADMINISTRADOR Y DESIGNACIÓN DE ADMINISTRADORES.- La señora María Daniela LERCARI, renuncia a su cargo de Administrador titular y Suplente respectivamente. En este estado el socio Cristian Eduardo LÓPEZ decide designar nuevamente a las autoridades de acuerdo al siguiente detalle: DESIGNACIÓN DE MIEMBROS DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN: Designar Administrador/es titular a: Cristian Eduardo LÓPEZ, argentino, nacido el treinta y uno de Marzo de mil novecientos setenta y tres, titular del Documento Nacional de Identidad número 23.300.856, C.U.I.T. N° 20-23300856-8, comerciante, divorciado, con domicilio real y especial en la calle José Antonio Cabrera número 3956 Torre 1 Piso 9° “D” ciudad Autónoma de Buenos Aires, quien acepta el cargo.- Designar Administrador/es suplente a: Renzo Ezequiel LÓPEZ BURAZER, argentino, nacido el once de Noviembre de dos mil dos, titular del Documento Nacional de Identidad número 44.284.930, CUIL N° 20-44284930-8, soltero, con domicilio en Avenida Fragata Sarmiento número 1623 de la ciudad de Rada Tilly Provincia de Chubut, quien acepta el cargo. La representación legal de la sociedad será ejercida por el administrador designado, en el domicilio de la sede social ubicado en calle Uruguay número 860 de la ciudad de Caleta Olivia, Departamento Deseado, Provincia de Santa Cruz.- AUMENTO DE CAPITAL: El socio Cristian Eduardo LÓPEZ expresa que ha resuelto modificar el artículo Cuarto respecto de un aumento del capital social, aumentando el capital social de Pesos Trescientos mil ($ 300.000) actuales a Dos millones ($ 2.000.000), es decir un aumento de Un millón setecientos mil ($ 1.700.000).- Que a tenor de lo manifestado el socio decide modificar el estatuto social como a continuación se detalla: “ARTÍCULO CUARTO. Capital: El Capital Social es de $ 2.000.000 (Pesos Dos millones) representado por veinte mil (20.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 100 (pesos cien), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme Artículo 44 de la Ley N° 27.349. Las acciones correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas, nominativas no endosables, o escriturales, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en el Artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir a las reuniones de socios con voz. Los títulos representativos de las acciones, así como los certificados provisorios que se emitan, contendrán las menciones de los Artículos 100 101 211 Y 212 de la Ley General de Sociedades N° 19.550. Podrán emitirse títulos representativos de más de una acción”.- SUSCRIPCIÓN: En este estado el socio suscribe las acciones de acuerdo al siguiente detalle: 1) Cristian Eduardo LÓPEZ, suscribe veinte mil (20.000) acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 100 (pesos cien), valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, equivalentes a $ 2.000.000 (Pesos Dos millones) del capital social.-
PAOLA ALEJANDRA NAVES
Escribana
Registro N° 50