RESOLUCIÓN N° 029
RÍO GALLEGOS, 21 de enero de 2026.-
Expediente IDUV-Nº 50.428/2025 (Orden Nro. 49).-
DESADJUDICAR por falta de ocupación efectiva, y mora (conforme Artículo 17º - incisos b) y c) del Decreto Provincial Nº 211/78 - Artículo 18º del mismo plexo legal), la unidad habitacional de tres (3) dormitorios, identificada como Casa N° 12, correspondiente a la Obra: “PLAN 30 VIVIENDAS EN PUERTO DESEADO”, cuyos titulares fueran la señora Stella Maris BAILO (D.N.I. N° 26.571.405) y el señor Mario Alfredo ESQUIVEL (D.N.I. N° 30.102.761);
RESOLVER todo Contrato y/o Instrumento legal oportunamente suscripto entre la señora Stella Maris BAILO (D.N.I. N° 26.571.405), el señor Mario Alfredo ESQUIVEL (D.N.I. N° 30.102.761), y este INSTITUTO.-
NOTIFICAR fehacientemente, a través de la Dirección General de Despacho los términos de la presente Resolución a la señora Stella Maris BAILO y el señor Mario Alfredo ESQUIVEL en el domicilio sito en Calle 138 N° 1875 (Casa N° 12) del Plan 30 Viviendas en Puerto Deseado.-
INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ (10) días corridos, a partir de la notificación fehaciente de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de dicho inmueble, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección Provincial de Gestión Integral y Planificación Estratégica del Hábitat, sita en Belgrano y Vilcapugio de esta ciudad Capital, o en la Delegación IDUV de Puerto Deseado, bajo apercibimiento de proceder mediante los mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.-