RESOLUCIÓN N° 1205
RÍO GALLEGOS, 16 de diciembre de 2025.-
Expediente IDUV-Nº 41.230/2025 (Orden Nro. 63).-
DESADJUDICAR por falta de ocupación efectiva, y mora (conforme Artículo 17º - incisos b) y c) del Decreto Provincial Nº 211/78 - Artículo 18° del mismo plexo legal), la unidad habitacional de tres (3) dormitorios, identificada como Casa N° 39, correspondiente a la Obra: “PLAN 40 VIVIENDAS EN PUERTO SANTA CRUZ”, cuyo titulares fueran el señor Higinio Alberto VERÓN (21.167.371) y la señora Ana Elizabet IBAÑEZ (D.N.I. N° 25.119.655).-
RESOLVER todo Contrato y/o Instrumento legal oportunamente suscripto entre los señores Higinio Alberto VERÓN (21.167.371), la señora Ana Elizabet IBAÑEZ (D.N.I. N° 25.119.655), y este INSTITUTO.-
NOTIFICAR fehacientemente, a través de la Dirección General de Despacho los términos de la presente Resolución a los señores Higinio Alberto VERÓN y la señora Ana Elizabet IBAÑEZ en el domicilio sito calle Avellaneda N° 1090 - Casa N° 39 del Plan 40 Viviendas en Puerto Santa Cruz.-
INTIMAR al grupo familiar desadjudicado y/o actuales ocupantes, a que en un plazo de no mayor a DIEZ (10) días corridos, a partir de la notificación fehaciente de la presente Resolución, hagan entrega de las llaves de dicho inmueble, libre de ocupantes y enseres personales, en la Dirección Provincial de Gestión Integral y Planificación Estratégica del Hábitat, sita en Belgrano y Vilcapugio de esta ciudad Capital, o en la Delegación IDUV de Puerto Santa Cruz, bajo apercibimiento de proceder mediante los mecanismos legales a nuestro alcance para producir el desalojo.-
REMITIR por la Dirección General de Despacho, copia certificada de la presente Resolución a la Municipalidad de Puerto Santa Cruz, para conocimiento de sus Autoridades; y a la Delegación IDUV con asiento en la misma Localidad, para su archivo.-