Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN I.D.U.V.-N° 1831/2023
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Resoluciones Sintetizadas / publicado el 04 Enero 2024 / BO 5842

RESOLUCIÓN I.D.U.V.-N° 1831/2023

TITULARIZAR - SILVIA INÉS VIVAR - PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I - GRUPO 2 CASA N° 56 - RÍO GALLEGOS
RESOLUCIÓN N° 1831
RÍO GALLEGOS, 14 de septiembre de 2023.-
Expediente IDUV Nº 47.564/64/2023.-
TOMAR CONOCIMIENTO DE LA HOMOLOGACIÓN mediante la cual se dispone adjudicar a la señora Silvia Inés VIVAR el cien por ciento (100%) del inmueble identificado como Casa N° 56 correspondiente a la Obra: Plan 90 Viviendas Federal I - Grupo 2, ubicado en la calle Manuel López Encina N° 468 de esta localidad, como único titular cediendo el señor Iván Daniel LÓPEZ LÓPEZ el cincuenta por ciento (50%) correspondiente, aceptando ésta última en conformidad, la que forma parte de la presente Resolución como ANEXO I de dos (2) folio.-
TITULARIZAR en forma exclusiva la unidad habitacional de tres (3) dormitorios identificada como Casa N° 56 correspondiente a la Obra: “PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I - GRUPO 2 EN RÍO GALLEGOS”, a favor de la señora Silvia Inés VIVAR (D.N.I. Nº 24.861.538), de nacionalidad argentina, nacida el día 01 de marzo de 1976 y de estado civil soltera.-
DEJAR ESTABLECIDO que el precio de venta de la unidad habitacional mencionada en el artículo precedente, se fijó en la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON CATORCE CENTAVOS ($ 157.967,14).-
AUTORIZAR la suscripción de la correspondiente Escritura Traslativa de Dominio con Hipoteca en primer grado a favor de este Instituto.-
NOTIFICAR a través del Departamento Despacho, los términos de la presente Resolución, a la señora Silvia Inés VIVAR en el domicilio sito en Calle Manuel López Encina N° 468, Casa Nº 56 correspondiente a la Obra: “PLAN 90 VIVIENDAS FEDERAL I - GRUPO 2 EN RÍO GALLEGOS”.-

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI