Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN 2026-168-E-SANTACRUZ-DEASIP
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Resoluciones Completas / publicado el 05 Noviembre 2026 / BO 6173

RESOLUCIÓN 2026-168-E-SANTACRUZ-DEASIP

PRORROGA PARA LA ADHESIÓN AL RÉGIMEN ESPECIAL REGULARIZACIÓN OBLIGACIONES ADEUDADAS EN CONCEPTO DE IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS
RESOLUCIÓN NÚMERO: RESOL-2026-168-E-SANTACRUZ-DEASIP
 
RÍO GALLEGOS, Santa Cruz, Miércoles, 04 de noviembre de 2026.-
V I S T O : 
El Expediente Nº 919.014/2026, la Ley N° 3996, el Decreto Provincial N° 0453/2026, el Código Fiscal Ley N° 3486, la Ley 3470, la Resolución General ASIP N° 091/2026 y la Resolución A.S.I.P. N° 123/2026; y 
CONSIDERANDO: 
Que a traves de la Ley Nº 3996 se declaró la Emergencia Comercial, Industrial y Pyme, en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz, hasta el 31 de diciembre del año 2026 inclusive, de aquellos sujetos que cuenten con certificado MiPymes, y revistan calidad de Contribuyentes Puros o Contribuyentes de Convenio Multilateral, con domicilio fiscal en la Provincia, con el objeto de sostener la actividad productiva y el empleo local; 
Que el artículo 15° del Anexo I del Decreto Provincial N° 0453/2026, reglamentario de la Ley N° 3996, delega en la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP), en el marco de su respectivo ámbito de competencia, las facultades operativas necesarias para dictar las resoluciones pertinentes, a efectos de instrumentar y garantizar el efectivo cumplimiento de los beneficios previstos en la citada norma legal; 
Que en dicho marco, se emitió la Resolución General ASIP N° 91/2026, que establece un Régimen Especial de Regularización para el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, alcanzando a los contribuyentes y responsables comprendidos en el Artículo 1° de la Ley N° 3996 que registren deuda vencida al 31 de mayo de 2026; 
Que conforme al Artículo 2° de la mencionada Resolución General, el acogimiento a tales beneficios podía efectuarse dentro de un plazo perentorio de sesenta (60) días corridos, a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, plazo prorrogado por el mismo período mediante la Resolución A.S.I.P. N° 123/2026; 
Que dada la persistencia de las circunstancias económicas que motivaron la emergencia y el vencimiento de nuevas obligaciones tributarias correspondientes al ejercicio fiscal 2026, resulta indispensable extender los beneficios del régimen, prorrogando la fecha límite de adhesión hasta el 31 de diciembre de 2026 e incorporando las obligaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos vencidas hasta el 30 de septiembre de 2026 inclusive, manteniéndose los beneficios, cuotas, anticipos y tasa dentro de los parámetros del Artículo 3° de la Ley N° 3996 y de la Resolución General ASIP N° 91/2026; 
Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Legal y Técnica mediante Dictamen IF-2026-00211720-SANTACRUZ-DPLTASIP; 
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Código Fiscal, la Ley 3470, la Ley N° 3996, el Decreto N° 0453/2026 y la Resolución General ASIP N° 091/2026; 
POR ELLO:
 
LA DIRECTORA EJECUTIVA 
DE LA AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS 
R E S U E L V E :
 
ARTÍCULO 1°.- PRORRÓGASE hasta el 31 de diciembre de 2026 inclusive el plazo para la adhesión al Régimen Especial de Regularización para las obligaciones adeudadas en concepto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, dispuesto por la Resolución General A.S.I.P. N° 091/2026 y prorrogado por la Resolución General A.S.I.P. N° 123/2026, ratificándose la vigencia de las demás condiciones allí establecidas.-
ARTÍCULO 2°.- AMPLÍASE el alcance del Régimen Especial de Regularización establecido en el artículo precedente, haciéndolo extensivo a los contribuyentes y responsables comprendidos en el Artículo 1° de la Ley N° 3996 que registren obligaciones adeudadas, correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, cuyo vencimiento haya operado hasta el 30 de septiembre de 2026, inclusive.-
ARTÍCULO 3°.- ESTABLÉCESE que los contribuyentes y responsables que ya hubieran obtenido la aprobación de un plan de pagos en el marco de la Resolución General A.S.I.P. N° 091/2026 y su prorroga Resolución General A.S.I.P. N° 123/2026, podrán presentar una nueva solicitud de acogimiento respecto de las obligaciones vencidas entre el 1° de junio y el 30 de noviembre de 2026 inclusive, manteniéndose la vigencia e independencia del plan aprobado anteriormente.- 
ARTÍCULO 4°.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a quienes corresponda, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
PAOLA ELISA MOLINA
Directora Ejecutiva
Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI