Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN M.P.C.eI.-N° 0314/2026 - P1/3
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Resoluciones Completas / publicado el 15 Octubre 2026 / BO 6166

RESOLUCIÓN M.P.C.eI.-N° 0314/2026 - P1/3

CONVALIDAR - TAREAS DE PESCA - BUQUE PESQUERO “DON JUAN” - EMPRESA: VEPEZ S.A.
RESOLUCIÓN N° 314

 
RÍO GALLEGOS, 14 de septiembre de 2026.-
V I S T O:
El Expediente MPCI-N° 442.818/26; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia la empresa VEPEZ S.A. solicita permiso de pesca comercial de altura en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz para el año 2026, para el Buque Pesquero Fresquero del que resulta locataria “DON JUAN ” (Mat. 01397);
Que la empresa VEPEZ S.A. con domicilio en calle José Hernández N° 1042, 1° Piso, de la ciudad de Caleta Olivia, cuenta con planta de procesamiento propia en la localidad de Puerto Deseado donde se dará tratamiento a la totalidad de la captura que realice el buque antes mencionado;
Que la empresa VEPEZ S.A. es locataria del buque pesquero fresquero “DON JUAN” (Mat. 01397);
Que la empresa VEPEZ S.A. constituye domicilio legal en calle José Hernández N° 1042 1° Piso de la ciudad de Caleta Olivia y electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra solicitud de Permiso Provincial de Pesca;
Que a fojas 03/05 obra Certificado de Matricula vigente y legalizado, según lo acreditado;
Que a fojas 06/11 obra Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación, extendido por Prefectura Naval Argentina y legalizado vigente hasta el 18/10/2029;
Que a fojas 12/13 obra Certificado Nacional de Arqueo legalizado;
Que a fojas 14/21 obra Contrato de Locación del buque pesquero fresquero “DON JUAN” (Mat. 01397) con vencimiento el día 31/10/2026;
Que a fojas 22 obra Nota de la firma VEPEZ S.A. solicitando prórroga para la presentación del Permiso de Pesca Nacional;
Que a fojas 23/29 obran Anexos I, II, III y IV del Decreto N° 1875/90;
Que a fojas 30 obra Certificado de Armador de la empresa VEPEZ S.A. vigente hasta el 30/10/2029;
Que a fojas 32/35 obran Acta de Directorio y Asamblea de la firma VEPEZ S.A.;
Que a fojas 36/37 y 88/89 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz (ASIP);
Que a fojas 39 obra Declaración Jurada de exportaciones por puertos de la Provincia de Santa Cruz;
Que a fojas 40 obra Nota de Declaración Jurada de la empresa VEPEZ S.A., informando que cumple con la Legislación Ambiental Ley N° 2567;
Que a fojas 41/80 obran copias del Formulario 931 ARCA más comprobante de pago de cada período de la empresa VEPEZ S.A.;
Que a fojas 81/83, 91/92 y 96/97 obran constancias de pago de las cuotas N° 1, 2 y 3 respectivamente del arancel anual de pesca conforme lo establece la Resolución MPCI-N° 065/23 en su Art. 3° acorde el tipo de permiso y tipo de buque;
Que a fojas 87 obra Nota N° 191/F.E/2026 extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz informando que la empresa VEPEZ S.A. no presentan actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 90 obra Certificado de Libre de Deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz, (UNEPOSC);
Que a fojas 93 obra Certificado de Capacidad de Bodega legalizado;
Que a fojas 95 obra certificado N° 57/DAP/SEPyA/2026 Libre de deuda extendido por la Dirección Provincial de Control y Registro de Actividades Pesqueras de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura;
Que a fojas 98 obra Nota de la empresa VEPEZ S.A. informando que la captura de merluza hubbsi será procesada en la Planta de Puerto Deseado;
Que todas las copias de documentación recibidas vía mail se encuentran con la legalización original correspondiente;
Que por medio de la Disposición N° 004/SEPyA/2024, se estableció los requisitos que deberá cumplimentar la empresa solicitante para el otorgamiento del permiso provincial de pesca comercial marítima en la Provincia de Santa Cruz, actualizando la documentación cuando esta esté vencida y/o haya sufrido alguna modificación;
Que por medio de la Disposición N° 018/SEPyA/2024 se estableció que el año pesquero para la flota comercial marítima (congeladores y fresqueros) tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde el 1° de Marzo;
Que mediante Disposición N° 061/SEPyA/24, se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 12/2014;
Que por medio de la Resolución MPCI-N° 077/2025 se crea el “SISTEMA DE CUOTIFICACIÓN DE MERLUZA COMÚN (Merluccius hubbsi) DE LA RESERVA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ”;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-N° 1143/26 emitido por la Subsecretaria de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 128/129;
 
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
 
1°.- CONVALIDAR las tareas de pesca realizadas por el buque pesquero “DON JUAN” (Mat. 01397), autorizado oportunamente mediante Resolución MPCI-N° 071/2026 y Notas N° 175/SCP-SEPyA/2026, 232/SCP-SEPyA/2026, 282/SCP-SEPyA/2026, 305/SCP-SEPyA/2026, 352/SCP-SEPyA/2026, 378/SCP-SEPyA/2026, 392/SCP-SEPyA/2026 y 408/SCP-SEPyA/2026, desde el 1° de marzo y hasta el 16 de septiembre del corriente año.-
2°.- OTORGAR a la empresa VEPEZ S.A. CUIT N° 30-71196009-7 el permiso de pesca comercial de altura conferido por buque, CON EXCLUSIÓN DE CENTOLLA, con carácter intransferible, precario y provisorio, respecto del buque pesquero fresquero “DON JUAN” (Mat. 01397).-
3°.- AUTORIZAR, a partir de la firma de la presente y hasta el 28 de febrero de 2027 a la empresa VEPEZ S.A. CUIT N° 30-71196009-7 con domicilio en calle José Hernández N° 1042 piso 1° de la ciudad de Caleta Olivia, y domicilio electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz, excluida la pesca al Sur del paralelo 47° S, con el buque pesquero fresquero "DON JUAN" (Mat. 01397), en un todo y de acuerdo a la Resolución MPCI-N° 077/2025 y en lo expresado en los considerandos de la presente.-
4°.- ESTABLECER que la empresa VEPEZ S.A. CUIT 30-71196009-7 deberá presentar la correspondiente actualización del Contrato de Locación del Buque o Título de Propiedad, Certificado de Matrícula , conforme a lo establecido en el Art. 2° y 4° de la Disposición SEPyA-004/2024.-
5°.- ESTABLECER que la empresa VEPEZ S.A. CUIT 30-71196009-7 deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes -siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido en el Art. 9° de la Disposición N° 061/SEPyA/2024.-
6°.- ESTABLECER que la empresa deberá VEPEZ S.A. CUIT N° 30-71196009-7 mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, Unidad Ejecutora Portuaria, todos ellos de la provincia de Santa Cruz, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
7°.- ESTABLECER que la empresa deberá presentar las declaraciones juradas de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico) e informar el destino de las mismas, como así también dar estricto cumplimiento a la Resolución MPCI-N° 077/2025 y a la legislación provincial pesquera.-
8°.- ESTABLECER que la asignación de la cuota social provincial de merluza común (Merluccius hubbsi), deberá ser descargada y procesada en su totalidad en plantas de la Provincia de Santa Cruz en un todo y de acuerdo con la Resolución MPCI-N° 077/2025.-
9°.- ESTABLECER que la inobservancia o trasgresión a lo señalado en los artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.-
10°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal el Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura.-
11°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificará a los administrados y/o empresa pesquera) asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones; Honorable Tribunal de Cuentas; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI