RESOLUCIÓN N° 277
RÍO GALLEGOS, 24 de agosto de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-N° 442.544/2026; y
CONSIDERANDO:
Que en el actuado de referencia la razón social VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO, solicita permiso de pesca artesanal en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz para el año 2026, para el Buque Pesquero Artesanal del que resulta propietaria “NUEVO DON JULIO” (Mat. 03239);
Que la razón social VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO, constituye domicilio legal en calle Héctor Fadul N° 382 de la ciudad de Río Gallegos, y domicilio electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra Solicitud del Permiso Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 04 obra Certificado de Matricula extendido por la PNA;
Que a fojas 05/42 obra Actuación Notarial para la matricula del buque pesquero “NUEVO DON JULIO” (Mat. 03239) donde consta la titularidad del mismo a favor de VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO;
Que a fojas 45 obra Certificado Nacional de Dotación mínima de Seguridad extendido por la PNA;
Que a fojas 46 obra Certificado de Seguridad de la Navegación extendido por la PNA vigente hasta el 29 de diciembre de 2028;
Que a fojas 48/55 obra Constancia del Certificado de Armador, extendido por Prefectura Naval Argentina vigente hasta el 21 de enero del 2030;
Que a fojas 57 obra Declaración Jurada de “No poseer permiso de pesca de cualquier tipo en otra jurisdicción”;
Que a fojas 58 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal de ASIP;
Que a fojas 59 obra Certificado de UN.E.PO.S.C.;
Que a fojas 60/61 obran Constancias de Pago, correspondiente a la cancelación del arancel anual de pesca, conforme lo establecido en Resolución N° 065/MPCI/2025;
Que a fojas 62 obra Certificado Libre de Deuda N° 035/DAP/SEPyA/2026, extendido por la Dirección Provincial de Control y Registro de Actividades Pesqueras;
Que a fojas 64/65 obra Certificados de Inscripción en el Registro Provincial de Pesca Artesanal;
Que a fojas 66 obra Nota N° 017/F.E./2026 extendido por Fiscalía de Estado de la provincia de Santa Cruz, informando que la Razón Social VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO no presentan actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 68/89 obra formulario 931 de los periodos enero a diciembre 2025 más comprobantes de pago correspondientes;
Que mediante Disposición N° 005/SEPyA/2024, se estableció la normativa que deberá ser cumplimentada para la solicitud o renovación del permiso provincial de pesca artesanal comercial marítima, documentación que será presentada por parte de la empresa armadora/titulares de buques pesqueros que operen en aguas de la Provincia de Santa Cruz;
Que por medio de la Disposición N° 017/SEPyA/2024 se estableció que el año pesquero para la flota artesanal comercial marítima tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde el 1° de mayo;
Que mediante Disposición N° 061/SEPyA/2024 se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero N° 12/2014;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-N° 890/26, emitido por la Subsecretaria de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 94/95;
LA MINISTRA DE LA PRODUCCION, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
1°.- OTORGAR al buque pesquero “NUEVO DON JULIO” (Mat. 03239), el Permiso de Pesca Artesanal con carácter intransferible, precario y provisorio.-
2°.- AUTORIZAR a partir de la firma de la presente y hasta el 30 de abril del 2027, a la razón social VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO (C.U.I.T. N° 27-34056606-3), con domicilio legal en calle Héctor Fadul N° 382 de la ciudad de Río Gallegos, y domicilio electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. a realizar tareas de pesca Artesanal en aguas de jurisdicción de la provincia de Santa Cruz, en Subzona a), con el buque pesquero artesanal “NUEVO DON JULIO” (Mat. 03239),de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.-
3°.- ESTABLECER que la razón social VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO (C.U.I.T. N° 27-34056606-3) deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido por Disposición Nº 061/SEPyA/2024.-
4°.- ESTABLECER que la razón social VALERIA ELIZABETH D’ALESSIO (C.U.I.T. N° 27-34056606-3), deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP), UNEPOSC, Secretaria de Estado de Pesca y Acuicultura, todos ellos de la Provincia de Santa Cruz, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
5°.- ESTABLECER que la razón social deberá presentar las declaraciones jurada de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico, planilla mensual de producción), deberán informar el destino de las mismas, así como dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
6°.- ESTABLECER que el incumplimiento a lo señalado en los Artículos precedentes y/o ante el acaecimiento de alguno de los supuestos establecidos por el Art. 24° de la Ley 2934, se producirá la caducidad automática del permiso que, mediante la presente, habilita a la pesca.-
7°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal el Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura.-
9°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificará a los administradores y/o empresas pesqueras), asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones, Honorable Tribunal de Cuentas, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Prof. NADIA LORENA RICCI
Ministra de la Producción,
Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz