RESOLUCIÓN N° 161
PROYECTO Nº 141/2026
SANCIONADO: 11/06/2026
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Energía y Minería y de la empresa Servicios Públicos Sociedad del Estado (SPSE), informe por escrito y de manera pormenorizada sobre el estado operativo, técnico y administrativo de las líneas de transporte de energía eléctrica de 132 kilovoltios (KV) en los tramos: Pico Truncado-Puerto Deseado y La Esperanza-El Calafate.-
Artículo 2º.- El informe solicitado deberá dar respuesta precisa a los siguientes puntos:
- flujo energético y capacidad: informar la cantidad de energía transportada mensualmente durante el último año y la capacidad remanente de ambas líneas para abastecer a grandes usuarios y nuevos desarrollos productivos;
- régimen de facturación: especificar los montos que se perciben por el transporte de dicha energía, detallando el ente recaudador y el mecanismo de liquidación hacia la empresa transportista;
- relación contractual con Empresa de Transporte de Energía Eléctrica de Distribución Troncal de la Patagonia Sociedad Anónima (TRANSPA S.A): informar el marco legal y temporal del usufructo que posee la empresa sobre la infraestructura provincial. Adjuntar copia de convenios vigentes entre SPSE y TRANSPA S.A.;
- operación y telecomandos: informar si existe un plan de implementación de sistemas de telecomando y control a distancia por parte de TRANSPA S.A. en las Estaciones Transformadoras (ET) de las ciudades de Puerto Deseado y El Calafate;
- estabilidad del personal de SPSE: especificar si, ante la eventual automatización o toma de control por parte del privado, se garantizará la permanencia y funciones del personal operativo de SPSE en dichas estaciones;
- autonomía en media tensión: dado que la distribución en media tensión hacia las localidades y grandes usuarios depende de SPSE, informar cómo se garantizará la autonomía operativa provincial frente a la intervención de un operador privado remoto;
- capacitación y licencias: determinar si la empresa beneficiaria de la concesión y facturación del transporte asumirá la responsabilidad financiera del sostenimiento de las licencias, certificaciones técnicas y capacitaciones permanentes de los operarios asignados.-
Artículo 3°.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 11 de junio de 2026.-
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N° 161/2026.-
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz