Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN M.P.C.eI.-N° 0214/2026 - P1/3
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Resoluciones Completas / publicado el 04 Agosto 2026 / BO 6141

RESOLUCIÓN M.P.C.eI.-N° 0214/2026 - P1/3

CONVALIDAR - TAREAS DE PESCA - BUQUE PESQUERO "VÍCTORIA II" MAT. 0556 - FIRMA: PESQUERA VERAZ S.A.
RESOLUCIÓN N° 214
 
RÍO GALLEGOS, 29 de junio de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 441.589/2026, y
CONSIDERANDO:
Que en el actuado de referencia la empresa PESQUERA VERAZ S.A., solicita permiso de pesca comercial de altura en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz para el año 2026, para el Buque Pesquero Fresquero del que resulta propietaria “VICTORIA II” (Mat. 0556);
Que la empresa PESQUERA VERAZ S.A., con domicilio en calle Av. Virrey Vertiz N° 2820 de la ciudad de Mar del Plata cuenta con un contrato de explotación conjunta de buque con la firma EXPLOTACIÓN PESQUERA DE LA PATAGONIA S.A., con domicilio en calle Patagonia N° 231 de la localidad de Puerto Deseado;
Que la empresa PESQUERA VERAZ S.A., es propietaria del buque pesquero fresquero “VICTORIA II” (Mat. 0556);
Que la empresa PESQUERA VERAZ S.A., constituye domicilio legal en la calle Patagonia N° 231 de la ciudad de Puerto Deseado y electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en el que serán válidas todas las notificaciones que deba efectuar la Autoridad de Aplicación;
Que a fojas 02 obra solicitud de Permiso Provincial de Pesca y a fojas 26 legalizado;
Que a fojas 16 obra contrato de explotación conjunta de buque PESQUERA VERAZ S.A., y EXPLOTACIÓN PESQUERA DE LA PATAGONIA S.A.;
Que a fojas 25 obra Nota N° 040/F.E./2026 extendido por Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz, informando que la Empresa, PESQUERA VERAZ S.A. no presenta actuaciones administrativas y/o judiciales en trámite;
Que a fojas 31 obra Certificado de Matricula Actualizado y legalizado;
Que a fojas 34 obra Certificado de Capacidad de Bodega;
Que a fojas 37/41 obra permuta del buque pesquero “VICTORIA II” (Mat. 0556);
Que a fojas 44/45 obra Permiso de Pesca Nacional, sin CITC asignada;
Que a fojas 70/81 obra Acta de Asamblea y copia del Acta de Directorio de la firma PESQUERA VERAZ S.A., cuyo original debidamente legalizado se registra a fojas 08/114 en el Expte. N° 441.588/MPCI/2026 tendiente a la solicitud del Permiso de Pesca Provincial para el B/P AMERICANO perteneciente a la misma empresa, obrando a fojas 82 nota aclaratoria sobre la vigencia del Acta de Asamblea mencionada;
Que a fojas 89/91 obra Certificado Nacional de Seguridad de la Navegación, extendido por Prefectura Naval Argentina, vigente hasta el 03/11/2026;
Que a fojas 83/84 y 116/117 obra Certificado de Cumplimiento Fiscal emitido por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos de la Provincia de Santa Cruz (ASIP);
Que a fojas 86 obra Certificado Nacional de Arqueo;
Que a fojas 95 obra Certificado de Libre deuda extendido por la Unidad Ejecutora Portuaria de la Provincia de Santa Cruz (Un.E.Po.S.C.);
Que a fojas 98/100 obran constancias de pago del arancel anual de pesca, conforme lo establece la Resolución Nº 065/MPCI/2025 acorde el tipo de permiso y tipo de buque;
Que a fojas 101 obra Certificado Libre deuda N° 29/DAP/SEPyA/2026 extendido por la Dirección Provincial de Control y Registro de Actividades Pesqueras de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura;
Que a fojas 103/105 obran Anexos I, II, III y IV del Decreto Nº 1875/90;
Que a fojas 110 obra Declaración Jurada de domicilio en la Provincia de Santa Cruz;
Que a fojas 114 obra Disposición Nº 066/SEA/2025 otorgando el Certificado Ambiental Anual para la firma PESQUERA VERAZ S.A., informando que cumple con la legislación ambiental Ley N° 2567;
Que a fojas 118/159 obran copias del Formulario 931 de ARCA, comprobantes de pago y póliza de seguro con nómina de empleados respectivamente;
Que a fojas 154/159 obra copia del Certificado de Armador bajo en Nº 949, vigente hasta el 19 de marzo del 2030, cuyo original debidamente legalizado se registra a fojas 78/83 en el Expte. N° 441.588/MPCI/2026 tendiente a la solicitud del Permiso de Pesca Provincial para el B/P AMERICANO perteneciente a la misma empresa;
Que a fojas 160/161 obran notas donde se deja constancia de la solicitud de la renovación del certificado antes mencionado;
Que a fojas 162/168 obra Declaración Jurada de exportaciones por puertos de Santa Cruz de la firma PESQUERA VERAZ S.A.;
Que por medio de la Disposición N° 004/SEPyA/2024 se estableció los requisitos que deberá cumplimentar la empresa solicitante para el otorgamiento del permiso provincial de pesca comercial marítima en la Provincia de Santa Cruz;
Que por medio de la Disposición N° 018/SEPyA/2024 se estableció el año pesquero para la flota comercial marítima (congeladores y fresqueros) que tendrá una duración de 12 meses corridos y regirá desde 1° marzo;
Que mediante Disposición Nº 061/SEPyA/2024 se establecen los plazos para la cancelación del canon para la captura de especies o grupos de especies y modalidad de pesca como derecho único de extracción, establecido por la Resolución del Consejo Federal Pesquero Nº 12/2014;
Que por medio de la Resolución N° 077/MPCI/2025 se crea el “SISTEMA DE CUOTIFICACIÓN DE MERLUZA COMÚN (Merlucciushubbsi) DE LA RESERVA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ”;
Por ello y atento a Dictamen SAJ-Nº 688/26, emitido  por  la  Subsecretaría  de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 201/202;
 
LA MINISTRA DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA
R E S U E L V E :
 
1°.- CONVALIDAR las tareas de pesca realizadas por el buque pesquero “VICTORIA II” (Mat. 0556), autorizado oportunamente mediante Notas N° 175/SCP-SEPyA/2026, N° 232/SCP-SEPyA/2026, N° 282/SCP-SEPyA/2026 y N° 305/SCP-SEPyA/2026, desde el 30 de marzo y hasta el 23 de junio del corriente año.-
2°.- OTORGAR a la empresa PESQUERA VERAZ S.A. CUIT: N° 30-62441919-3 el permiso de pesca comercial de altura conferido por buque, CON EXCLUSIÓN DE CENTOLLA, con carácter intransferible, precario y provisorio, respecto del buque pesquero fresquero “VICTORIA II” (Mat. 0556).-
3º.- AUTORIZAR, a partir de la firma de la presente y hasta el 28 de febrero de 2027 a la empresas PESQUERA VERAZ S.A. CUIT: N° 30-62441919-3, con dirección electrónica Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., y dirección  física en calle Patagonia N° 231 de la ciudad de Puerto Deseado, a realizar tareas de pesca de altura en aguas de jurisdicción de la Provincia de Santa Cruz, excluida la pesca al Sur del paralelo 47° S, con el buque pesquero fresquero “VICTORIA II” (Mat. 0556) y de acuerdo a lo expresado en los considerandos de la presente.-
4°.- ESTABLECER que la empresa PESQUERA VERAZ S.A. CUIT: N° 30-62441919-3 está sujeta a dar cumplimiento con el Convenio de Colaboración Empresarial que mantienen con la firma EXPLOTACIÓN PESQUERA DE LA PATAGONIA S.A. CUIT: N° 30-58496637-4, donde deberán procesar toda la materia prima capturada por el buque pesquero fresquero “VICTORIA II” (Mat. 0556), en un todo y de acuerdo con la Resolución N° 077/MPCI/2025.-
5°.- ESTABLECER que la empresa PESQUERA VERAZ S.A. CUIT: N° 30-62441919-3, deberá presentar la correspondiente actualización del Acta de Asamblea y Certificado Ambiental Anual emitido por la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Santa Cruz, en un todo acuerdo a lo establecido en el Artículo 2° y 4° de la Disposición Nº 004/SEPyA/2024.-
6°.- ESTABLECER que la empresa PESQUERA VERAZ S.A. CUIT: N° 30-62441919-3 deberá hacer efectivo el pago del derecho único de extracción dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al mes de la fecha de desembarco, establecido en el Art. 9° de la Disposición Nº 061/SEPyA/2024.-
7°.- ESTABLECER que la empresa PESQUERA VERAZ S.A. CUIT: N° 30-62441919-3, deberá mantener durante el plazo autorizado por la presente, la vigencia de los certificados extendidos por la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos, Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura, Unidad Ejecutora Portuaria, todos ellos de la Provincia de Santa Cruz, como así también dar estricto cumplimiento a la legislación provincial pesquera.-
8°.- ESTABLECER que la empresa deberá presentar las declaraciones juradas de captura en kilogramos especificando especie (parte electrónico) e informar el destino de estas, como así también dar estricto cumplimiento a la Resolución Nº 077/MPCI/2025 y a la legislación provincial pesquera-
9°.- ESTABLECER que la asignación de la cuota social provincial de merluza común (Merlucciushubbsi), deberá ser descargada y procesada en su totalidad en plantas de la Provincia de Santa Cruz en un todo y de acuerdo con la Resolución Nº 077/MPCI/2025.-
10°.- ESTABLECER que la inobservancia o trasgresión a lo señalado en los Artículos precedentes dará lugar a la suspensión automática del permiso que mediante la presente se habilita a la pesca.-
11°.- REFRENDARÁ el presente instrumento legal el Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura.-
12°.- PASE a la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura (quien notificara a los administrados y/o empresa pesquera) asimismo tomen conocimiento sus Direcciones y Delegaciones; Honorable Tribunal de Cuentas; Prefectura de Zona Mar Argentino Sur; dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.-

SERGIO KLIMENKO
Secretario de Estado de Pesca y Acuicultura
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI