Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN C.T.H.yS.S.C.-Nº 0131/2025 - P1/2
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Resoluciones Completas / publicado el 14 Octubre 2025 / BO 6041

RESOLUCIÓN C.T.H.yS.S.C.-Nº 0131/2025 - P1/2

DISPONER - SUSPENSIÓN PREVENTIVA - LIC. ALCAIN MATÍAS  - SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN DIRECTIVA
RESOLUCIÓN N° 0131
 
Río Gallegos, 25 de septiembre de 2025.-
V I S T O :
La nota enviada por el Presidente del CO.FE.SH. Lic. Lorenzo Gómez dirigida al Presidente Lic. Carlos Monzón el pasado 26 de mayo, la nota remitida por el Presidente Lic. Carlos Monzón a la Comisión Directiva el pasado 2 de septiembre de 2025 y la denuncia efectuada por el Tesorero, Lic. Matías Hernández, en fecha 31/08/2025, acompañada de copia de la Exposición Policial N° 217-SEXTA/25-Letra “V” presentada ante la Comisaría Sexta de Río Gallegos, en la que se relata un hecho de hostigamiento y agresiones verbales sufridas por parte del Lic. Matías Alcain, actual Secretario General de la Comisión Directiva;
CONSIDERANDO:
Que de la nota enviada por el Presidente del CO.FE.SH. Lic. Lorenzo Gómez, surgen actos del Lic. Matías Alcaín que no se enmarcan en la labor institucional y representativa que debe tener, emitiendo comentarios que no responden a los intereses de la institución;
Que de la nota remitida por el Presidente de la Comisión Directiva Lic. Carlos Monzón, surgen constantes antecedentes de agravios del Lic. Matías Alcain hacia miembros de la Comisión Directiva, impropios de su función, que afectan gravemente la convivencia institucional y el normal funcionamiento del cuerpo directivo;
Que de la exposición surge que el Lic. Alcain Matías profirió insultos y actitudes intimidatorias hacia el Tesorero, en un contexto público, y posteriormente realizó comentarios descalificatorios en un grupo institucional de WhatsApp;
Que tales conductas configuran presuntas violaciones a lo dispuesto en el Código de Ética Profesional, Art. 9.5 inc. d), el cual establece la prohibición de difamar, desprestigiar o descalificar al Colegio, sus autoridades o empleados;
Que conforme al Reglamento Interno, Art. 78 inc. b), los miembros de la Comisión Directiva pueden ser removidos por violación al Código de Ética, al propio Reglamento o a la Ley Provincial N° 3610;
Que el Art. 79 del Reglamento Interno prevé expresamente la suspensión preventiva del integrante involucrado hasta tanto el Tribunal de Ética y Disciplina se expida sobre la sanción definitiva;
Que corresponde resguardar la institucionalidad, la buena convivencia y el respeto entre los miembros de la Comisión Directiva, asegurando además la transparencia en el debido proceso disciplinario;
POR ELLO:
 
LA COMISIÓN DIRECTIVA
R E S U E L V E :
 
ARTÍCULO 1°- Remitir al Tribunal de Ética y Disciplina la denuncia presentada contra el Lic. Alcain Matías, Secretario General, junto con copia íntegra de la Exposición Policial N° 217-SEXTA/25-Letra “V”, así como toda la documentación probatoria de los hechos detallados de agravios y actitudes impropias a su función, a fin de que se instruya el sumario correspondiente y se expida sobre la sanción que pudiere corresponder.
ARTÍCULO 2º– Disponer la suspensión preventiva del Lic. Alcain Matías en el cargo de Secretario General de la Comisión Directiva, hasta tanto el Tribunal de Ética y Disciplina emita resolución definitiva, conforme lo establece el art. 79 del Reglamento Interno.
ARTÍCULO 3º– Notificar a las partes intervinientes y en Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º– Regístrese, comuníquese y archívese.-
 
Lic. CARLOS MONZÓN
Mat. Prov. LHS - 005 – PSC
Presidente
ALEJANDRA MONTEROS
Mat. Prov. THS - 0210 - PSC
Vicepresidenta 2°
Lic. MATÍAS HERNÁNDEZ
Mat. Prov. LHS - 250 - PSC
Tesorero
EZEQUIEL MORENO
Mat. Prov. THS-0467 - PSC
Vocal 1°
Lic. FACUNDO CASAS
Mat. Prov. LHS - 0051 - PSC
Vocal 2°
JOSÉ LUIS GARCÍA
Mat. Prov. THS - 0119 - PSC
Vocal 3°
KAREN NAHUTO
Mat. Prov. THS - 0559 - PSC
Vocal 4°

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI