Dirección General Boletín Oficial - RESOLUCIÓN H.C.D.-N° 0264/2022
Imprimir esta página


Resoluciones Completas / publicado el 06 Diciembre 2022 / BO 5722

RESOLUCIÓN H.C.D.-N° 0264/2022

MODIFICACIÓN - ARTÍCULO 47° DEL REGLAMENTO DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS
RESOLUCIÓN N° 264
PROYECTO N° 044/2022
SANCIONADO 24/11/2022
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
R E S U E L V E :
 
Artículo 1º.- MODIFÍCASE el artículo 47° del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 47º.- Las Comisiones Permanentes de la Honorable Cámara, serán las siguientes:
1) Legislación General;
2) Presupuesto y Hacienda;
3) Asuntos Constitucionales, Justicia, Seguridad, Peticiones, Poderes y Reglamento;
4) Obras Públicas, Vialidad y Transporte;
5) Energía y Combustibles;
6) Producción Agropecuaria y Pesca;
7) Desarrollo Social, Salud, Derechos Humanos, Deportes y Vivienda;
8) Educación, Cultura, Ciencia y Técnica;
9) Investigadora de la Administración Pública;
10) Trabajo, Previsión y Seguridad Social;
11) Perspectiva de Género;
12) Industria, Comercio y Turismo;
13) Recursos Naturales, Ambiente y Minería;
14) Asuntos Municipales;
15) Familias, Niñez y Juventudes.
 
Integración
 
Cada una de estas comisiones estará compuesta de cinco (5) diputados/as. Las Comisiones comprendidas en los incisos 1) y 2) estarán compuestas por siete (7) diputados/as y la comisión comprendida en el inciso 14) estará integrada con los miembros elegidos por Municipio”.-
Artículo 2º.- MODIFÍCASE el artículo 52° del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, el que quedará redactado de la siguiente manera:
 
“Desarrollo Social, Salud, Derechos Humanos, Deportes y Vivienda
 
Artículo 52°.- Compete a la Comisión de Desarrollo Social, Salud, Derechos Humanos, Deportes y Vivienda: dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo con la salud de la población, su promoción y protección, la medicina preventiva, tendiente a mejorar y promover la salud de la ciudadanía, como todo lo relacionado con proyectos de inversión social que tiendan a concretar el máximo bienestar para los habitantes de la Provincia.
Entender y dictaminar en todo asunto relativo a la vigencia, promoción, defensa y difusión de los derechos humanos, civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, así como los proyectos vinculados con la plena vigencia de los derechos y garantías reconocidos por la Constitución Provincial y las Leyes. Deberá coordinar su actividad con los titulares de las áreas de derechos humanos del Poder Ejecutivo Provincial y sus similares de la Nación y las Provincias que integran la Región Patagónica.
Deberá además, entender en todo asunto o proyecto relacionado con el fomento y difusión del deporte amateur, de alto rendimiento, social, federado y recreativo, sobre la infraestructura deportiva y aprovechamiento del tiempo libre en actividades recreativas que contribuyan a la integración social, prevención de las adicciones, turismo social, ancianidad, discapacidad y régimen de viviendas.”.-
Artículo 3º.- INCORPÓRASE el artículo 53 quater al Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados, el que quedará redactado de la siguiente forma:
 
“Familias, Niñez y Juventudes
 
Artículo 53 quater.- Compete a la Comisión de Familias, Niñez y Juventudes dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a la organización, desenvolvimiento, consolidación y desarrollo de las familias en las comunidades, y la asistencia, protección y orientación de los niñas, niños y jóvenes comprendidos entre los quince (15) y veintinueve (29) años. Asimismo, el seguimiento permanente del cumplimiento de la Convención sobre los Derechos del Niño brindando herramientas, medios y contención a los fines de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos reconocidos por la Convención de raigambre Constitucional y por la Ley Nacional N° 26.061, a saber:
1. Dictaminar sobre todo asunto o proyecto relativo a la vigencia, promoción, defensa, difusión y restitución de los derechos humanos, sociales, económicos, culturales, de salud, vivienda, deporte y recreación correspondientes a este grupo en particular.
2. Dictaminar sobre todo asunto o proyecto tendiente a mejorar, promover, proteger y recuperar su vida en general, el desarrollo, la salud, la identidad y sus orígenes, el grupo familiar y un hogar digno, una alimentación nutritiva y suficiente, el acceso al agua segura, la educación, tecnología y cultura, la igualdad social, la capacidad de expresar sus opiniones y ser oídos, el vivir según sus creencias, jugar y descansar, el acceso a actividades deportivas y recreativas como medio de inclusión social, prevención de adicciones y turismo social, no trabajar, el crecer sin violencia y el acceso a la justicia.
3. Entender y dictaminar sobre todo asunto relativo a la plena vigencia de los derechos y garantías reconocido por la Constitución Provincial y las Leyes Nacionales e Internacionales vigentes que los ampare.
4. Deberá coordinar su actividad con los titulares de las áreas de incumbencia del Poder Ejecutivo Provincial y sus pares de la Nación y de las Provincias que integran la Región Patagónica y/o todo ente que, en relación, pueda contribuir desde su lugar a velar por sus derechos y obligaciones”.
5. Realizar periódicamente actividades que impliquen la difusión de los Derechos de las Familias, Niñez y Juventudes, como medidas de prevención de que los mismos sean vulnerados y brindar información respecto a la línea 102, la cual corresponde a un servicio gratuito y confidencial, de atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes, a la cual pueden llamar ante una situación de amenaza, de vulneración de derechos, quien necesite asesoramiento.”.-
Artículo 4º.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 24 de noviembre de 2022.-
RESOLUCIÓN REGISTRADA BAJO EL N° 264/2022.-
 
Cr. EUGENIO SALVADOR QUIROGA
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
ALEJANDRA VIVIANA RETAMOZO
Prosecretaria
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI