LEY N° 3991
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de:
L E Y
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27.575
Artículo 1.- ADHIÉRESE la provincia de Santa Cruz a la Ley Nacional 27.575, por la cual se declara el 29 de agosto de cada año como el “Día de la Persona Donante de Órganos”.-
Artículo 2.- FACÚLTASE al Poder Ejecutivo Provincial a designar, mediante la reglamentación correspondiente, la Autoridad de aplicación de la presente ley, la cual estará habilitada para dictar normas complementarias, aclaratorias y de aplicación que resulten necesarias, procurando la coordinación interinstitucional y el fomento de actividades de educación, información y concientización sobre la temática.-
Artículo 3.- La autoridad de aplicación tendrá las siguientes funciones:
a) promover campañas de difusión y concientización sobre la donación de órganos, tejidos y células en todos los niveles educativos, medios de comunicación y espacios comunitarios;b) articular con el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI) y el Centro Único Coordinador de Ablación e Implante de la Provincia de Santa Cruz (CUCAI-SC) acciones conjuntas para la promoción de la donación voluntaria y solidaria;
c) impulsar la inclusión del 29 de agosto como jornada conmemorativa en el calendario educativo y sanitario provincial;
d) desarrollar programas de formación y capacitación dirigidos a equipos de salud, docentes y agentes comunitarios;
e) establecer convenios con organizaciones civiles y entidades públicas o privadas que trabajen en la materia, a fin de fortalecer la sensibilización social sobre la donación de órganos;
Artículo 4.- AUTORÍZASE al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley.-
Artículo 5.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 11 de diciembre de 2025.-
JAVIER SANTIAGO JARA
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DECRETO N° 0003
RÍO GALLEGOS, 06 de enero de 2026.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre del año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que por la citada Ley, la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE a la Ley Nacional N° 27.575 por la cual se declara el día 29 de agosto de cada año como el “Día de la Persona Donante de Órganos”;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106° y 119° de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB Nº 93/25, emitido por la Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-Nº 1161/25, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3991 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 11 de diciembre del año 2025, mediante la cual la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE a la Ley Nacional N° 27.575 por la cual se declara el 29 de agosto de cada año como el “Día de la Persona Donante de Órganos”, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Salud y Ambiente.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - Dra. María Lorena Ross