Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3958
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Leyes / publicado el 13 Octubre 2025 / EE 6040

LEY N° 3958

ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27.118
LEY N° 3958
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de :
L E Y
 
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27.118
 
Artículo 1.- ADHIÉRESE la Provincia de Santa Cruz, en todo sus términos, a la Ley Nacional 27.118, denominada “Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina”.-
Artículo 2.- El Poder Ejecutivo Provincial, a través de la autoridad de aplicación, adoptará las medidas necesarias para la implementación efectiva de la presente, garantizando la participación de las organizaciones representativas del sector.-
Artículo 3.- El Poder Ejecutivo realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente.-
Artículo 4.- INVÍTESE a los municipios y comisiones de fomento de la Provincia a adherir a la presente, promoviendo políticas públicas locales que fortalezcan el desarrollo de la agricultura familiar, campesina e indígena.-
Artículo 5.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 28 de agosto de 2025.-
 
FABIÁN OSCAR LEGUIZAMÓN
Presidente
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 0815
 
RÍO GALLEGOS, 15 de septiembre de 2025.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de agosto del año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada Ley, la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE en todos sus términos, a la Ley Nacional N° 27.118, denominada “Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina”;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 62/25, emitido por la Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-N° 834/25, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3958 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 28 de agosto del año 2025, mediante la cual la Provincia de Santa Cruz se ADHIERE en todos sus términos, a la Ley Nacional N° 27.118, denominada “Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina”, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - C.P. Marilina José Jaramillo

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI