Dirección General Boletín Oficial - LEY N° 3934
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Leyes / publicado el 12 Agosto 2025 / BO 6015

LEY N° 3934

MODIFICACIÓN LEY 3486 - CÓDIGO FISCAL
LEY N° 3934
 
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz
Sanciona con Fuerza de :
L E Y
 
MODIFICACIÓN LEY 3486 - CÓDIGO FISCAL
 
Artículo 1.- INCORPÓRASE los incisos g) y h) al artículo 167 de la Ley 3486 de Código Fiscal, el que quedará redactado de la siguiente manera:
 
Artículo 167.-…
 
g) los ingresos obtenidos por los sujetos radicados en la Zonas Francas Santacruceñas, provenientes de actividades efectivamente realizadas en dicho ámbito territorial;
 
h) los ingresos provenientes de la introducción de bienes desde el Territorio Aduanero General o Especial con destino a las Zonas Francas Santacruceñas, como también los derivados de las locaciones -sea de bienes, obras o servicios- y prestaciones de servicios que se realicen efectivamente en el ámbito de las Zonas Francas Santacruceñas con los sujetos radicados en ella”.-

Artículo 2.- COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS, 12 de junio de 2025.-
 
JAVIER SANTIAGO JARA
Vicepresidente 1°
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
DIEGO MARTÍN CASTRO
Secretario General
Honorable Cámara de Diputados
Provincia de Santa Cruz
 
DECRETO N° 0619
 
RÍO GALLEGOS, 08 de julio de 2025.-
V I S T O :
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de junio del año 2025; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se INCORPORA los Incisos g) y h) al artículo 167 de la Ley N° 3486 del Código Fiscal de la Provincia;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento al Dictamen AE-SLyT-GOB-Nº 39/25, emitido por la Asesoría Ejecutiva y a Nota SLyT-GOB-N° 598/25, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el Nº 3934 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 12 de junio del año 2025, por la cual se INCORPORA los Incisos g) y h) al artículo 167 de la Ley N° 3486 del Código Fiscal de la Provincia.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 3º.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL – C.P. Marilina José Jaramillo

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI