DISPOSICIÓN Nº 006
RÍO GALLEGOS, 20 de enero de 2026.-
Expediente N° 427.824–M.P.C.I./2025; la Ley Provincial de Turismo N° 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial N° 432/21, y el Decreto Provincial N° 2185/09.-
INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el N° 2639 en el rubro ALOJAMIENTO TURÍSTICO al establecimiento denominado “OLIVA HOSTERIA” presentado por la Señora FERNÁNDEZ FERRES Agustina con dirección en Comandante Espora N° 343, de la localidad El Calafate.-
CLASIFICAR como “HOSTERÍA y CATEGORIZAR con 2* ESTRELLAS” al establecimiento citado en el Artículo 1°.-
La presente categoría de acuerdo con el Artículo 146° del Decreto Provincial N° 2185/09 tendrá vigencia hasta el 31/12/2030.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico y el armado de paquetes de servicios turísticos.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel (CANON ANUAL) establecido en el Decreto Provincial Nº 432/21, reglamentado por disposición 071-SET/22 y sus modificatorias y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR al Prestador con domicilio en el Art. 1.-
Lic. MERCEDES ZAVALIA
Directora Provincial de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo
Ministerio de la Producción,
Comercio e Industria