Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.E.yM./S.F.yC.A.E.yM.- N° 35/2026
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 31 Marzo 2026 / BO 6095

DISPOSICIÓN M.E.yM./S.F.yC.A.E.yM.- N° 35/2026

CREACIÓN - PROGRAMA DE CONTROL AMBIENTAL ENERGÉTICO Y MINERO
DISPOSICIÓN N°  35
 
RÍO GALLEGOS, 26 de enero de 2026.-
Expediente MEyM-Nº 946.099/25 y la Ley Provincial N° 3885 de creación del “Programa de Control Ambiental Energético y Minero” dentro del ámbito de competencias del Ministerio de Energía y Minería, promulgada mediante Decreto Provincial N° 1083/24, los Decretos N° 1328/24 y 806/25 y la Resolución del Ministerio de Energía y minería N° 096/25.-
HABILÍTASE el “Registro Provincial de Generadores, Transportistas y Operadores de Residuos Peligrosos creado mediante Ley Provincial N° 2567 y su Decreto Reglamentario N° 712/02, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería en los términos de la Ley N° 3885.-
HABILÍTASE el “Registro Provincial de Residuos Petroleros”, creado en el Anexo X del Decreto N° 3316/04, que aprueba su incorporación como tal, en el Decreto Reglamentario N° 712/02, a la órbita de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero.-
HABILÍTASE el “Registro Provincial de Tecnologías” creado en el marco de la Ley N° 2.567 y su Decreto Reglamentario N° 712/02, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, en los términos de la Ley N° 3.885.-
HABILÍTASE el “Registro Provincial de Profesionales en Estudios Ambientales” creado en el marco de la Ley N° 2567 y su Decreto Reglamentario N° 712/02, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, en los términos de la Ley N° 3885.-
HABILÍTASE el “Registro de Infractores” creado en el marco de la Ley N° 2567 y su Decreto Reglamentario N° 712/02, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, en los términos de la Ley N° 3.885.-
HABILÍTASE el “Registro Provincial de Infractores Ambientales” creado mediante Ley N° 2658 y su Decreto Reglamentario N° 07/06, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, en los términos de la Ley N° 3.885.-
HABILÍTESE el “Registro Provincial Pasivos Ambientales”; creado en el marco de la Ley Provincial N° 3122 y su Decreto Reglamentario N° 2306/11, mediante Disposición Secretaría de Medio Ambiente N° 119/12, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería, en los términos de la Ley N° 3885.-
HABILÍTESE el “Registro Provincial de Prestadores de Servicios Ambientales”, instituido en el marco de la Ley Provincial N° 3122 y su Decreto Reglamentario N° 2306/11, en la órbita de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero, dependiente del Ministerio de Energía y Minería en los términos de la Ley N° 3885.-
FÍJASE como sede de los Registros habilitados por la presente en los artículos que preceden, la sede de la Secretaría de Estado de Fiscalización y Control Ambiental Energético Minero de la Provincia de Santa Cruz (dependiente del Ministerio de Energía y Minería) sita en la calle Alcorta N° 226, de la ciudad de Río Gallegos o en el domicilio que la Secretaría disponga en un futuro.-
COMUNÍQUESE del contenido de la presente al Ministerio de Energía y Minería de la Provincia de Santa Cruz, entréguese copia al Tribunal de Cuentas; a sus efectos, dese a conocer en el Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Abg. GASTÓN FERNANDO MIGUEL FARÍAS
Secretario de Estado
Fiscalización y Control Ambiental
Energético y Minero
Ministerio de Energía y Minería

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI