DISPOSICIÓN N° 131
RÍO GALLEGOS, 18 de septiembre de 2024.-
Expediente Nº 426.290-M.P.C.I/2024; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 432/21, y el Decreto Provincial N° 2185/09, y Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos.-
INSCRIBIR en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, bajo el N° 2422 en el rubro ESTABLECIMIENTO TURISMO RURAL, al establecimiento denominado “OVO PATAGONIA”, sito en Ea. Bonanza KM 12 ruta 23 en cercanías de El Chaltén, cuya explotación comercial del producto se encuentra a cargo de la firma OVO CHALTÉN S.A., C.U.I.T. N° 30-71815801-6.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.-
Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el CANON ANUAL establecido en el Decreto Provincial N° 432/21, reglamentado por Disposición 085-SET/2021, sobre un equivalente a Responsable Inscripto Mediana empresa tramo 1 equivalente a 1.600 módulo, hasta nuevo instrumento legal y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR a la firma, en el domicilio indicado en el artículo 1°.-
RUBÉN E. MARTÍNEZ
Director Prov. de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo