Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0488/2023
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Disposiciones Sintetizadas / publicado el 07 Mayo 2024 / SUP BO 5878

DISPOSICIÓN M.S.A./S.E.A.-N° 0488/2023

SANCIONAR - EMPRESA YPF S.A. - MULTA
DISPOSICIÓN N° 488
 
RÍO GALLEGOS, 18 de septiembre de 2023.-
Expediente Nº 985.755/2023.-
SANCIONAR a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), con MULTA de $ 3.402.500,00 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL QUINIENTOS PESOS), por infracción a infracción a las disposiciones contendidas en los artículos 13º de la Ley Provincial Nº 2658, y 1º, 65° inciso c) y 72° de su Decreto Reglamentario Nº 07/06, como consecuencia de haber incurrido en el falseamiento y/u omisión de datos y/o documentación al momento de realizar las obras de las trazas correspondientes a las líneas de conducción de los pozos CLa-2510 y CL-1967, así como también por no haber llevado a cabo la obra en los términos que había sido aprobada y teniendo en consideración el carácter de Declaración Jurada de las presentaciones realizadas ante esta autoridad de aplicación. Ello conforme al artículo 23° de la Ley Provincial N° 2658 (texto conf. Ley Provincial N° 3777).-
SANCIONAR a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), con MULTA de $ 6.805.000,00 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS CINCO MIL PESOS), por infracción a los artículos 2º de la Ley Provincial Nº 2658 (modificada por la Ley Provincial Nº 3777) y 28º del Anexo A del Decreto Nº 712/02 de la Ley Provincial Nº 2567, como consecuencia de haber modificado negativamente el ambiente, sus recursos, el equilibrio de los ecosistemas o los bienes o valores colectivos, al haber removido la cobertura vegetal y el suelo del sitio de autos como causa de las obras de las trazas correspondientes a las líneas de conducción de los pozos CLa-2510 y CL-1967. Ello conforme los artículos 23º inciso b) y 24º de la Ley Provincial Nº 2658.-
Las sumas indicadas en el artículo precedente deberá depositarse en la CUENTA 014161302, M. de Salud y Ambiente REC FF 13, CBU 086000110180004161302, del Banco Santa Cruz en el plazo de diez (10) días hábiles y presentar los correspondientes comprobantes de pago ante esta Secretaría de Estado de Ambiente.-
Oportunamente, INSCRÍBASE, a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), en el Registro Provincial de Infractores Ambientales previsto en el artículo 62° inciso a) del Decreto N° 007/06.-
ENCOMENDAR a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), como previo a la ejecución de cualquier tipo de tarea orientada a la recomposición del área afectada a su estado anterior a la producción del daño, la realización de estudios técnicos que determinen su factibilidad, así como también las tareas más adecuadas a tales fines.-
INVITAR al administrado a adherirse al "Procedimiento voluntario de constitución de domicilio, notificaciones y presentaciones electrónicas y/o en formato digital", aprobado mediante Disposición Nº 550-SEA/2021.-
NOTIFÍQUESE a la empresa YPF S.A., (CUIT N° 30-54668997-9), del contenido de la presente, quienes podrán interponer los recursos de reconsideración y/o jerárquico dentro de los plazos establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 1260 y su reglamentación.-
 
Ing. MARIANO BERTINAT
Secretario de Estado de Ambiente
Ministerio de Salud y Ambiente

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI