DISPOSICIÓN Nº 698
RÍO GALLEGOS, 23 de mayo de 2022.-
Expediente Nº 445.981/21.-
PROCÉDASE a la rectificación de la Razón Social de la Empresa infraccionada, los artículos de las normas jurídicas aplicadas y mal consignadas, de conformidad al art. 5° inc. c) Dec. 181/79 Reglamentario de la 1260 LPPA.-
SANCIÓNASE SEISCIENTAS (600) U.F. y OCHENTA MIL (80.000) B.M., equivalente a la suma de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SETESCIENTOS CUARENTA ($ 59.740,00) a la Empresa BARSANCOM S.R.L., y/o titular del Dominio: ONG-620, de acuerdo a los art. 34°, 40° inc. c, art. 53° inc. k) y 56° - Régimen de Contravenciones y Sanciones por Faltas a la Ley de Tránsito Nº 24449.-
NOTIFICAR a la Empresa que deberá abonar la multa en el término de quince (15) días hábiles contados a partir de su notificación, en la cuenta habilitada en el Banco Santa Cruz S.A., denominada Rentas Generales Nº 923.068/1, CBU Nº 0860001101800092306818, CUIT Nº 30-67363960-3 la cual se encuentra radicada en la Casa Central del Banco cita en la ciudad de Río Gallegos, pudiendo concretarse el mismo por los medios habilitados al efecto por la institución bancaria.-
DE notificada la presente podrá interponerse Recurso de Reconsideración art. 84° Dec. 181/79, en un plazo de 10 días hábiles, Recurso Jerárquico art. 90° Dec. 181/79, en un plazo de quince (15) días hábiles, de no abonar dicha multa se procederá a girar las actuaciones a Fiscalía de Estado para su inicio de ejecución.-
CRISTIAN FABIÁN LÓPEZ
Director Pcial. de Conectividad Terrestre
Subsecretaría de Transporte
Ministerio de la Producción,
Comercio e Industria