DISPOSICIÓN N° 139
RÍO GALLEGOS, 10 de noviembre de 2022.-
Expediente Nº 425.662-M.P.C.I./2010; la Ley Provincial de Turismo Nº 1045 y modificatorias; el Decreto Provincial Nº 769/85, y el Decreto Provincial N° 2185/09, y Manual de Clasificación y Categorización de Alojamientos Turísticos.-
MODIFÍCASE en el Registro Provincial de Actividades Turísticas bajo el Nº 1289, la designación comercial del alojamiento turístico antes denominado “DEPARTAMENTOS TURÍSTICOS RÍO SANTA CRUZ”, que comenzará a operar bajo el nombre de “LAVANDA I”, propiedad de la Sra. FRANCHI Jacqueline, C.U.I.T. Nº 27-26423433-1, sito en calle Río Santa Cruz Nº 2102 de la localidad de El Calafate.-
La presente categoría de acuerdo al artículo 146º del Decreto Provincial Nº 2185/09 tendrá una vigencia máxima de 5 años.-
La inscripción en el Registro Provincial de Actividades Turísticas, tiene carácter intransferible y no faculta al Prestador de Servicios Turísticos a desempeñar las actividades de competencia exclusiva de los Agentes de Viajes, enunciadas en la Ley Nacional Nº 18.829, referida a la intermediación de reservas y/o compra de cualquier servicio turístico, el armado de paquetes de servicios turísticos y demás actividades consignadas en dicha Ley.-
De acuerdo al Decreto Provincial Nº 1310/96 en su artículo 2º, el Prestador deberá implementar el Formulario Único y Obligatorio de Registro, para el registro de pasajeros.-
La Inscripción implica que el Prestador deberá pagar en tiempo y forma el arancel anual establecido en el Decreto Provincial Nº 432/21,reglamentado por disposición 085-SET/2021 y habilitar el Libro de Quejas y/o Sugerencias correspondiente.-
NOTIFICAR a la Prestadora, en el domicilio indicado en el artículo 1°.-
Lic. LUCIO LLANCAPAN
Director Provincial de Turismo
Secretaría de Estado de Turismo