DISPOSICIÓN N° 00072
RÍO GALLEGOS, 26 de junio de 2026.-
V I S T O :
El Expediente N° 944.148/25, iniciado por la Secretaría de Estado de Recursos Hídricos (en adelante, SERH); y
CONSIDERANDO:
Que la empresa Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. solicita la renovación del permiso de Captación de Agua Pública del pozo denominado PPPT1, el cual fuera otorgado oportunamente por esta autoridad de aplicación mediante la Disposición 43/SERH/25;
Que el pozo PPPT1 está ubicado en coordenadas geográficas 46° 47’ 10,6’’ S - 67° 55’ 40,3’’ O de la Ciudad de Pico Truncado;
Que consta en fojas 347-370 (Exp. 944.148/25 II Cuerpo) el correspondiente ensayo de bombeo del pozo antes mencionado realizado por el geólogo Rufino Alberto Sánchez Matrícula N° 141;
Que del estudio hidrogeológico realizado al pozo PPPT1 se determina que el caudal recomendado de explotación es de 840 m3/día (35 m3/h) según nota aclaratoria rubricada por el geólogo;
Que obra el correspondiente Informe Técnico a fojas 721 del expediente de referencia, sin objeciones a lo solicitado;
Que a través de Ley prerrogativas del Ministerio de Energía y Minería Nro. 38754/24, se sustituye el Artículo Nro. 2 de la Ley Provincial Nro. 1451, donde establece que la autoridad de aplicación es la Secretaria de Estado de Recursos Hídricos;
Que para ello se hace necesario dictar el Instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE RECURSO HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1°) Renovar el permiso a favor de la empresa Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. (PCR S.A.), con domicilio real en Ruta 12, Barrio Industrial, de la localidad de Pico Truncado, Provincia de Santa Cruz; para la captación de agua pública del pozo denominado PPPT1 (47° 47’ 10,6’’ - 67° 55’ 40,3’’).-
Artículo 2°) La dotación que se autoriza es hasta un máximo de 260 m3/día, para ser utilizado en la refrigeración de motores en circuito cerrado y riego de caminos internos.-
Artículo 3°) El permiso tendrá vigencia por un periodo de 12 (doce) meses, a partir de recepcionada la presente.-
Artículo 4°) Al tener carácter especial el uso que se le dará al recurso, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, él se encuentra estipulado en la Disposición Nº 20/2013 perteneciente a la Ley Provincial Nº 1451.-
Artículo 5°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante deposito, en el Banco Santa Cruz - Suc. Río Gallegos a la cuenta del Ministerio de Energía y Minería CBU 0860001101800043477468, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 6°) PCR S.A. deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta SERH, la lectura del Caudalímetro instalado, en carácter de declaración jurada, con una foto legible y a color de la última lectura, para efectuar la correspondiente certificación.-
Artículo 7°) En caso de no lograr constatar fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída en forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerará como habitual el máximo autorizado.-
Artículo 8°) Si se efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se diera origen, producto de dicha infracción.-
Artículo 9°) PCR S.A. deberá presentar ante las oficinas de esta SERH, químicas y bacteriológicas realizadas en muestras de agua del pozo PPPT1, a efectos de realizar su correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros.-
Artículo 10°) La SERH deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, presentados en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 11°) Sin perjuicio del ensayo de bombeo presentado por la firma y obrante en las presentes actuaciones, la permisionaria deberá realizar un nuevo estudio del pozo PPPT1, con el objeto de efectuar el seguimiento y evaluación de las condiciones de explotación y del comportamiento del acuífero. Dicho estudio constituirá requisito indispensable para la tramitación de la renovación del presente permiso de captación de agua pública.-
Artículo 12°) La solicitud de renovación de la Disposición se deberá efectuar con 30 (treinta) días de anticipación a la fecha de vencimiento.-
Artículo 13°) REGÍSTRESE: Tomen conocimiento: Ministerio de Energía y Minería, Secretaría de estado de Gestión Financiera y El Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a PCR S.A. Dese al Boletín oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
Agr. EMILIO HERNÁN RIVERA
Secretario de Estado de Recursos Hídricos
Ministerio de Energía y Minería